Reforma Reglamento de Caja Chica, Correos de Costa Rica, S.A., de 10 de Octubre de 2017

EmisorCorreos de Costa Rica S. A.

CORREOS DE COSTA RICA S. A.

REGLAMENTO DE CAJA CHICA DE CORREOS

DE COSTA RICA

Artículo 6º-De los montos autorizados. El monto asignado a cada caja chica deberá ser fijado con base a las necesidades reales del caso; asimismo, los gastos o pagos que a través de ella se efectúen, no podrán ser superiores a ¢500.000,00 (quinientos mil colones exactos.)

Para casos urgentes e indispensables tales como reparaciones de vehículos, motocicletas, estado físico de las sucursales y oficinas administrativas, compra de formularios, útiles y materiales de oficina, aseo, limpieza, textiles, vestuarios, medicinas y equipos que estén afectando el servicio o bien la integridad física del personal se podrá superar el monto indicado en el párrafo anterior hasta ¢1.000.000.00 (un millón de colones exactos) con la autorización previa del Gerente de Área y hasta un monto de ¢ 2.000.000.00 (dos millones de colones exactos) con la autorización previa del Gerente General para lo cual deberá realizarse un estudio de razonabilidad de precios el cual deberá ser suscrito por el Gerente de Área respectivo.

Se entiende por gastos menores aquellos que no superen los ¢100.000,00 (cien mil colones exactos); para estos casos no aplica el criterio de urgencia contemplado en el artículo N°. 1 de este Reglamento. Estos montos deberán ajustarse anualmente de oficio por parte de la Gerencia de Administración y Finanzas, con base en el índice de inflación acumulada.

Cuando los gastos superan los ¢100.000,00 deberán ser debidamente justificados y razonados por la unidad que lo requiera.

Para el caso de los adelantos de gastos de viaje y transporte el monto autorizado es de ¢180.000,00 (ciento ochenta mil colones exactos), el cual podrá ser modificado de oficio por parte de la Gerencia de Administración y Finanzas, previo estudio técnico.

Para montos superiores a los anteriores, se requerirá el trámite de emisión de cheques.

Donde los plazos con los que deben solicitar el adelanto de viaje son de 15 días calendario si es por medio de cheque, y 8 días calendario si es por medio de caja chica, y la gira no podrá ser mayor a 30 días calendario, además debe adjuntar al formulario de solicitud de adelanto y el compromiso de pago.

Artículo 10.-De la liquidación del vale. La liquidación de anticipos de dinero (entiéndase vale), deberá presentarse al encargado de caja chica dentro de los cinco días hábiles después de retirado el dinero, salvo casos excepcionales debidamente justificados y...

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