Reforma Reglamento para el establecimiento y cobro de tarifas por el incumplimiento de los deberes de los Munícipes de la Municipalidad de Alajuela, de 2 de Diciembre de 2014

EmisorMunicipalidad de Alajuela

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

La Municipalidad del cantón Alajuela aprobó en el artículo Nº 2, Capítulo VI de la sesión ordinaria Nº 48-2014 del 2 de diciembre de 2014 la actualización al Reglamento para el establecimiento y cobro de tarifas por el incumplimiento de los deberes de los munícipes de la Municipalidad de Alajuela, publicado como reglamento en La Gaceta N° 237 del martes 7 de diciembre de 2010.

Artículo 30.-Precios. Los precios que se cobrarán por las obras o servicios realizados por la Municipalidad serán los siguientes:

Inciso según art. 75

Descripción

Unidad

Precio (¢)

A

Limpieza de la vegetación de los predios ubicada a orillas de las vías públicas y recorte de la que perjudique o dificulte el paso de las personas.

275

B

Limpieza de los lotes donde no haya construcciones y aquellos con viviendas deshabitadas o en estado de demolición.

275

B.1

Instalación de cercados con alambre de púas en lotes donde no haya construcciones o en aquellos con edificaciones deshabitadas o en estado de demolición en zona rural.

m

16.652

B.2

Instalación de cercados con malla ciclón en lotes donde no haya construcciones o en aquellos con edificaciones deshabitadas o en estado de demolición, en zona urbana.

m

28.766

C

Recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos.

Kg

550

D

Construcción de aceras frente a las propiedades.

28.000

E

Remoción de objetos, materiales o similares de las aceras o los predios que contaminen el ambiente u obstaculicen el paso, que sean de carácter temporal y no parte integral de la acera o predio.

m

4.950

G

Remoción de objetos, obstáculos de carácter permanente, parte integral de la acera, que dificulten el paso por esta en contravención de la Ley 7600. Su aplicación implica también la ejecución del inciso D.

m

4.950

H

Instalación de bajantes para recoger las aguas pluviales de las edificaciones cuyas paredes externas colinden inmediatamente con la vía pública. Se define un bajante como una pieza de longitud promedio de 3 m

unidad

18.000

H.1

Instalación de canoas para recoger las aguas pluviales de las edificaciones cuyas paredes externas colinden inmediatamente con la vía pública.

m

8.800

H.2

Construcción de previstas de desagüe para la evacuación de aguas pluviales...

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