Reforma Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de la Municipalidad de Poás, de 4 de Junio de 2007
Emisor | Municipalidad de Poás |
MUNICIPALIDAD DE POAS
MODIFICACIONES AL REGLAMENTO AUTÓNOMO DE ORGANIZACIÓN Y SERVICIOS DE LA MUNICIPALIDAD DE POS La suscrita Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria Concejo Municipal de Poás, certifica: Que el Concejo Municipal del cantón de Poás, en su sesión ordinaria Nº 58, celebrada el 4 de junio del 2007, por unanimidad y con carácter definitivamente aprobado, y por recomendación de la Comisión de Asuntos Jurídicos, aprobó modificar el Reglamento Autónomo de Organización y Servicio de la Municipalidad de Poás, en los artículos que se citan:
MODIFICACIONES AL REGLAMENTO AUTÓNOMO DE ORGANIZACIÓN Y SERVICIO DE LA MUNICIPALIDAD DE POS _Artículo 5: Agregar ÓNo obstante la o el servidor no podrán negarse a ejecutar otras obligaciones que, aunque no contempladas en este reglamento, resulten acordes con la naturaleza del cargo que ocupa
Que se lea:
Artículo 5: En virtud del principio de legalidad, la o el servidor no podrá disfrutar de más incentivos y beneficios, ni la administración ejercer mayores potestades que las expresamente autorizadas por este Reglamento o, en su defecto, por las demás normas del ordenamiento jurídico. No obstante, la o el servidor no podrán negarse a ejecutar otras obligaciones que, aunque no contempladas en este reglamento, resulten acordes con la naturaleza del cargo que ocupa.
_Artículo 9: definición del término ÓPreparación Equivalente:
Que se lea:
Articulo 9:
Ó Preparación equivalente:
Podrán ser admitidos a concurso de selección de personal, o ser ascendidos directamente cuando proceda, aquellas o aquellos candidatos que sin tener los requisitos mínimos establecidos en el Manual de Clases, hayan aprobado estudios de similar naturaleza o posean un mínimo de dos años de experiencia comprobada en el área requerida para el puesto.
Lo anterior no será aplicable en casos de puestos que deban ser ocupados por funcionarias o funcionarios con grado profesional
_Artículo 16: corregir punto ©
Artículo 16: Para ingresar al servicio de la Municipalidad se requiere:
Que se lea:
Óc) Poseer la capacidad física aptitud y/o conocimientos técnicos, profesionales y científicos requeridos para el desempeño del cargo y demostrarlo mediante los documentos que indique el Manual de Clases de Puestos y los exámenes que requiera al efecto
_Artículo 22: que en caso de concurso sean 10 días naturales Que se lea:
Artículo 22: La publicación de concurso interno deberá consignar los requisitos del puesto, características y salario. Se imprimirá en caracteres legibles y se colocará en los sitios más visibles de todos los centros de trabajo de la Municipalidad, donde se mantendrá por un plazo no inferior a diez días naturales, anteriores a la fecha del cierre...
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