Reforma Reglamento de operación de la Red Frigorífica Nacional (REFRINA), de 11 de Mayo de 2023

EmisorPrograma Integral Mercado Agropecuario

PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO AGROPECUARIO

REFORMA DEL ARTÍCULO 8 DEL REGLAMENTO

DE OPERACIÓN DE LA RED FRIGORÍFICA

NACIONAL (REFRINA)

CONSEJO DIRECTIVO DE PIMA

Considerando:

I.-Visto que existe una contraposición entre el Reglamento del Funcionamiento del Programa Integral de Mercadeo Agropecuario (PIMA) N° 6142 y el Reglamento de Operación de la Red Frigorífica Nacional, en cuanto al establecimiento de los horarios.

II.-Con fundamento en las facultades que le otorgan la Ley N° 6142 del 25 de noviembre de 1977 en relación con el Decreto Ejecutivo N° 39785-MAG y 40513-MAG; así mismo concordado con las facultades conferidas por el artículo 59 de la Ley General de la Administración Pública. Por tanto,

Se emite la siguiente:

REFORMA DEL ARTÍCULO 8 DEL REGLAMENTO

DE OPERACIÓN DE LA RED FRIGORÍFICA

NACIONAL (REFRINA)

Artículo 1º-Deróguese el inciso g) del artículo 7° del Reglamento de Operación de la Red Frigorífica Nacional (REFRINA), publicado a La Gaceta N° 214 de 11 de noviembre del...

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