Reforma Reglamento de Organización y Funcionamiento y Reglamento de Contratación Administrativa de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, de 5 de Marzo de 2015

EmisorJunta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES

DEL MAGISTERIO NACIONAL

La Junta Directiva en la Sesión Ordinaria Nº 028-2015 del 5 de marzo del 2015, acuerda las modificaciones para que se consigne de la siguiente manera:

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN

Y FUNCIONAMIENTO DE LA JUPEMA

  1. -Modificar el último párrafo Artículo 36 "De la integración e instalación", del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la JUPEMA, a fin de que se lea de la siguiente manera: Las comisiones o comités permanentes serán las de Inversiones, Riesgos, Concesión de Derechos, Asuntos Jurídicos y Sociales, así como cualquier otra comisión o comité, que la Junta le otorgue tal condición. Además, se crea el Comité de Informática, que sesionará en forma bimensual, siempre que existan asuntos para su conocimiento.

    Reglamento de Contratación Administrativa

  2. -Se modifica Artículo 6 "De la autorización de las compras", del Reglamento de Contratación Administrativa, para que se lea como seguidamente se señala:

    Previo a la formalización de una compra de bienes o servicios se deben obtener cotizaciones de mercado, con el fin de conocer las alternativas, tanto cualitativas como cuantitativas más convenientes para la Institución. Cuando no se cumpla con el número de ofertas que contempla este artículo, se presentarán las ofertas respectivas a la Junta Directiva, específicamente para los procesos referidos en el inciso e) de este artículo, la cual decidirá a quien adjudicar el proceso, o bien lo declare desierto.

    Para las contrataciones establecidas en los incisos a),b),c), también deberá evidenciarse en los legajos respectivos las cotizaciones solicitadas.

    El trámite de contratación a seguir se realizará de la siguiente forma:

    1. Las compras superiores a ¢110.000,00 y hasta ¢820.000,00, requerirán al menos una invitación a cotizar escrita y será aprobada por el Jefe del Departamento Administrativo.

    2. Las compras superiores a ¢820.000,00 y hasta ¢2.735.000,00 requerirán al menos dos invitaciones a cotizar y serán aprobadas por el Jefe del Departamento Administrativo, más el visto bueno del Director Ejecutivo.

    3. Las compras superiores a ¢2.735.000,00 y hasta ¢5.500.000,00 requerirán al menos tres invitaciones a cotizar y serán aprobadas por el Jefe del Departamento Administrativo, más el visto bueno del Director Ejecutivo.

    4. Las compras superiores a los ¢5.500.000,00 y hasta ¢16.500.000,00 serán aprobadas por la Dirección Ejecutiva y requerirán al menos tres invitaciones a cotizar y un...

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