Reforma Reglamento de Contratación Administrativa de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, de 4 de Marzo de 2013

EmisorJunta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL La Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional aprobó la modificación al Artículo N° 6 del Reglamento de Contratación Administrativa, el cual debe leerse de la siguiente manera:

Artículo 6º—De la autorización de las compras: Previo a la formalización de una compra de bienes o servicios se deben obtener cotizaciones de mercado, con el fin de conocer las alternativas, tanto cualitativas como cuantitativas más convenientes para la Institución.

Cuando no se cumpla con el número de ofertas que contempla este artículo, se presentarán las ofertas respectivas a la comisión de Asuntos Económicos y Administrativos, específicamente para los procesos referidos en el inciso e) de este artículo, quien posteriormente lo elevará a Junta Directiva, la cual decidirá a quien adjudicar el proceso, o bien lo declare desierto.

Para las contrataciones establecidas en los incisos a), b), c), también deberá evidenciarse en los legajos respectivos las cotizaciones solicitadas.

El trámite de contratación a seguir se realizará de la siguiente forma:

  1. Las compras superiores a ó81.000,00 hasta ó547.500,00 requerirán de una cotización escrita y será aprobada por el Jefe del Departamento Administrativo.

  2. Las compras superiores a ó547.500,00 hasta ó1.095.000,00 requerirán de dos cotizaciones y serán aprobadas por el Jefe del Departamento Administrativo más el Visto Bueno del Director Ejecutivo.

  3. Las compras superiores a ó1.095.000,00 y hasta ó2.169.500,00 requerirán de tres cotizaciones y serán aprobadas por el Jefe del Departamento Administrativo más el Visto Bueno del Director Ejecutivo.

  4. Las compras superiores a los ó2.169.500,00 y hasta ó4.705.000,00 serán aprobadas por la Dirección Ejecutiva,

    requerirán de un mínimo de tres cotizaciones y un cuadro comparativo que incluirá:

    1. Precios.

    2. Forma de pago.

    3. Descripción del bien o servicio por contratar.

    4. Garantía 5. Plazo de entrega 6. Cualquier otro detalle que se considere relevante para la adquisición del bien o servicio.

  5. Las compras superiores a ó4.705.000,00, deberán cumplir con los mismos requisitos del inciso D de este artículo, en lo referente a la confección del cuadro comparativo y requerirán cuatro cotizaciones y deberán ser objeto de aprobación por parte de la Junta Directiva.

    Los montos establecidos en los incisos anteriores serán ajustados durante el primer trimestre de cada año por la Dirección Ejecutiva,

    tomando como factor de...

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