Reforma Reglamento de préstamos para vivienda del Régimen de Capitalización Colectiva del Sistema de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, de 15 de Octubre de 2014

EmisorJunta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES

DEL MAGISTERIO NACIONAL

Modificaciones al Reglamento

de Créditos Línea Vivienda

Según acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, en la Sesión Ordinaria número 114-2014, celebrada el 15 de octubre de 2014, se aprueba realizar las siguientes modificaciones al Reglamento de Créditos Línea Credivivienda

  1. -Artículo 7 "De los requisitos de los préstamos para vivienda":

    . Inciso c): El solicitante debe tener un ingreso líquido estimado, tal que la restarle el 30% de ese monto, pueda cubrir la cuta estresada. En caso de codeudores se tomará como líquido estimado la suma de lo percibido y al total se le restará el 30% a efectos de calcular la liquidez necesaria para cubrir la cuota.

    . Inciso i) Aportar copia certificada del plano catastrado. En los casos en los que la garantía es únicamente terreno y los planos fueron emitidos antes de 1999 se deberá aportar la certificación de uso de suelos extendida por la Municipalidad.

    . Inciso k) En caso de construcción presentar planos de construcción visados, permiso de construcción extendido por la municipalidad de la localidad y presupuesto de construcción firmado por el profesional responsable.

    . Inciso l) Para ampliaciones y remodelaciones en vivienda se deberá presentar el permiso de construcción extendido por la municipalidad de la localidad, presupuesto de la construcción y nota con la explicación de los trabajos a realizar.

    . Inciso m) En el caso de cancelación de hipoteca con terceros, se deberá aportar una constancia de saldo actualizada, la cual muestre el saldo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR