Reforma Reglamento para la regulación y comercialización de bebidas con contenido alcohólico de la Municipalidad de Belén, de 6 de Abril de 2017

EmisorMunicipalidad de Belén

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

Acuerdo tomado en la sesión ordinaria N° 21-2017, artículo 12, celebrada el seis de abril del dos mil diecisiete y ratificada el dieciocho de abril del año dos mil diecisiete.

Reforma al artículo 12 del Reglamento a la Ley Nº 9047 para la Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico.

Considerando:

Con fundamento en lo que establece el Artículo 10 de la Ley General de la Administración Pública, que indica: "Artículo 10.- 1) La norma administrativa deberá ser interpretada en la forma que mejor garantice la realización del fin público a que se dirige, dentro del respeto debido a los derechos e intereses del particular.

Con fundamento en lo que establece el artículo 10 de la Ley General de la Administración Pública, es voluntad de este Concejo Municipal, que la Unidad Tributaria sea la responsable de aprobar o improbar de las solicitudes de licencia para el expendio de licores, como actualmente reza el artículo 13 del Reglamento para la Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico. Por tanto:

  1. -Reformar el artículo 12 del Reglamento para la regulación y comercialización de bebidas con contenido alcohólico, para que se lea de la siguiente manera:

Artículo 12.-Solicitud y trámite. Quien desee obtener una licencia deberá presentar formulario diseñado al efecto por la Municipalidad, debidamente firmado, ante la Unidad de Servicio al Cliente, y evaluada por la Unidad Tributaria, se elaborará un expediente único; luego la Unidad Tributaria hará el análisis y aprobará o improbará la licencia de conformidad con lo que dispone este reglamento. La firma deberá estar autenticada, y deberá contener los siguientes requisitos:

  1. Indicación expresa de la actividad que desea desarrollar, con indicación expresa de la clase de licencia que solicita.

  2. El nombre comercial con el que operará la actividad a desarrollar con la licencia. La misma esa municipalidad.

  3. Dirección de la ubicación exacta del lugar en que se desarrollará la actividad y del tipo de inmueble que será usado.

  4. En el caso de personas jurídicas, una certificación que acredite la existencia y vigencia de la sociedad, los poderes de representación del firmante, y la composición de su capital social con referencia expresa de los titulares de las acciones que indique nombre, identificación y domicilio.

  5. Copia certificada del permiso sanitario de funcionamiento, e indicación del número de patente comercial correspondiente al...

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