Reforma Reglamento de sesiones de la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los servicios públicos, de 21 de Diciembre de 2020

EmisorAutoridad Reguladora de Los Servicios Públicos

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Considérese la reforma al artículo 2° del Reglamento de Sesiones de la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, aprobada mediante el acuerdo 10-74-2020 de la sesión 74-2020, para proceder con la actualización y formalización del citado Reglamento, para que se adapte a lo que establece el artículo 54 de la Ley General de Administración Pública (LGAP) y se lea de la siguiente manera:

ARTÍCULO 2 DEL REGLAMENTO DE SESIONES

DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA AUTORIDAD

REGULADORA DE LOS SERVICIOS

PÚBLICOS

  1. Las sesiones de la Junta Directiva serán ordinarias, extraordinarias, presenciales o no presenciales. Sin embargo, las sesiones no presenciales serán excepcionales y sólo podrán celebrarse si los medios tecnológicos que para ello se empleen, permiten una comunicación integral, simultánea, que comprenda vídeo, audio y datos, entre los miembros presentes en el lugar donde se celebra la sesión, con el o los miembros que no estén en ese lugar.

  2. Las sesiones del órgano serán siempre privadas, pero el órgano podrá disponer, acordándolo así por unanimidad de sus miembros presentes, que tenga acceso a ella el público en general o bien ciertas personas, concediéndoles o no el derecho de participar en las deliberaciones con voz, pero sin voto.

  3. El(la) Regulador(a) General Adjunto(a) asistirá...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR