Reforma Reglamento para el Sistema de Ahorro y Préstamo del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, de 18 de Junio de 2015

EmisorInstituto Nacional de Vivienda y Urbanismo

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

REGLAMENTO PARA EL SISTEMA DE AHORRO

Y PRÉSTAMO DEL INSTITUTO NACIONAL

DE VIVIENDA Y URBANISMO

La Junta Directiva de este Instituto, según consta en el Artículo II, Inciso 3) del acta de la sesión ordinaria Nº 6129 del 18 de junio del 2015, acuerda: derogar el segundo párrafo del inciso f), del artículo primero del Reglamento de Sistema de Ahorro y Préstamo del INVU, conforme lo dispuesto en el dictamen Nº C-297-2014 del 16 de setiembre del 2014 de la Procuraduría General de la República, para que se lea de la siguiente manera:

Artículo 1º-Con base en el inciso k), artículo 5°, de la Ley Nº 1788 del 24 de agosto de 1954, se establecen sistemas de ahorro y préstamos, a los cuales se refiere este Reglamento para financiar las operaciones que seguidamente se enumeran, relacionadas con la casa de habitación de las personas que se suscriben a cualquiera de los sistemas:

  1. Compra de terreno y construcción.

  2. Construcción en terreno propio.

  3. Compra, ampliación o reparación de la casa.

  4. Cancelación de gravámenes que pesa sobre casa propia (este gravamen debe haberlo constituido el suscriptor, como garantía de préstamos relacionados con su vivienda).

  5. Compra de terreno (con la finalidad de construir su vivienda o de adquirir el lote donde la construyó).

  6. Adquisición de una vivienda mediante la cesión de acciones o cuotas de una Sociedad (La sociedad debe tener como único patrimonio la vivienda y estar al día en la presentación...

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