Reforma Reglamento de tarifas y condiciones para los servicios del Banco de Costa Rica, de 19 de Abril de 2017

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BANCO DE COSTA RICA

La Junta Directiva General del Banco en sesión 15-17, artículo VIII, del 19 de abril de 2017, con vigencia a partir del 1 de abril del 2017, aprobó la modificación parcial del Reglamento de tarifas y condiciones para los servicios del Banco de Costa Rica:

(.)

3. Tarjetas de crédito y débito

(.)

3.2.- Comisión por adelanto de efectivo

Tarjetas de crédito

$1.00 + 4 % por avance efectivo utilizando cualquier medio disponible. Esta comisión no se cobrará cuando el adelanto de efectivo se realice por canales electrónicos (ATM´S, sitio web, Apps, IVR o cualquier otro canal electrónico que se implemente).

Por los avances de efectivo de la BCR Compras institucionales, pagarán una comisión igual a la tasa básica pasiva del BCCR, vigente a fin de mes, más el margen que corresponda a una operación ubicada en el riesgo AAA en su límite inferior, ajustable mensualmente.

Tarjetas de débito

$0.25 por avance efectivo en ATM´S del BCR después del quinto retiro en el mes, solamente en...

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