Reforma Reglamento de Tesorería, de 8 de Agosto de 2006

EmisorInstituto Costarricense de Puertos del Pacífico

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACÍFICO

AVISO

Que la Junta Directiva de esta Institución, mediante acuerdo Nº 4 firme tomado en la sesión Nº 3364, celebrada el día 8 de agosto del año en curso, acordó modificar el artículo 23 del Reglamento de Tesorería, para que se lea como sigue:

ÓArtículo 23.—De los funcionarios autorizados para firmar cheques. Los funcionarios autorizados para firmar cheques de las diferentes cuentas corrientes de la Institución, serán designados por la Junta Directiva.

Existirán dos grupos de firmas:

Grupo uno: un representante de la Administración Superior (Presidencia Ejecutiva y Gerencia General).

Grupo dos: un representante de otro nivel de la Administración (Dirección, Gestión Administrativa y Tesorero).

Los cheques llevarán dos firmas mancomunadamente, combinadas de la siguiente forma: una firma...

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