Régimen Municipal No. IN2019343319

Fecha de publicación21 Mayo 2019
Número de registroIN2019343319
EmisorRégimen Municipal

Despacho de la Alcaldía Municipal, Municipalidad de Escazú: Al ser las siete horas treinta minutos del día diez de mayo del año dos mil diecinueve, este Despacho procede a aclarar y adicionar la Resolución DAME-046-2019 de las 7:50 horas del 02/05/2019 publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 85 del jueves 09/05/2019 a través de la cual se revocó parcialmente la Resolución DAME-484-2017 de las 11:00 horas del 11/12/2017, publicada en el Alcance N° 10 del Diario Oficial La Gaceta del 19/01/2018 relacionada a potestades delegadas por esta Alcaldía Municipal en el Despacho de la Vice Alcaldía Municipal.

Resultando:

I.—Con fecha 11/12/2017 la Alcaldía Municipal de Escazú a través de la Resolución DAME-484-2017 de las 11:00 horas dicta acto de delegación de funciones a la persona titular de la Primera Vice Alcaldía Municipal.

II.—Que la delegación de funciones se publicó en el Diario Oficial La Gaceta, Alcance N° 10 del 19/01/2018.

III.—A través de la Resolución DAME-046-2019 de las 7:50 horas del 02/05/2019 este Despacho revocó parcialmente la Resolución DAME-484-2017 de las 11:00 horas del 11/12/2017, acto administrativo debidamente publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 85 del jueves 09/05/2019.

Considerando:

1. Con relación a la adición y aclaración:

En la Resolución DAME-484-2017 de las 11:00 horas del 11/12/2017 la Alcaldía Municipal de Escazú delegó en el Despacho de la Vice Alcaldía Municipal lo siguiente:

“…Delegar en la persona titular de la primera vice alcaldía municipal los siguientes macroprocesos; Macroproceso de Gestión Económica Social que abarca las siguientes áreas: Desarrollo Social y sus coordinaciones y Desarrollo Cultural y sus coordinaciones. De igual forma tendrá las mismas facultades en el Macroproceso de Gestión Urbana que está compuesto por las siguientes áreas: Mantenimiento y Construcción de Obra Pública, Servicios Municipales, Planificación y Control Urbano y sus respectivas coordinaciones. Se incluye el subproceso de Informática, el subproceso de Planificación, el subproceso de Gestión de la Calidad y la oficina de Salud Ocupacional, se excluye del Macro Proceso de Gestión Urbana la dependencia municipal correspondiente a la Gestión de Riesgo toda vez que por ministerio de ley depende de la Alcaldía Municipal y del Macro proceso de Gestión Económica Social al Proceso de Seguridad Ciudadana que dependerá igualmente de la Alcaldía Municipal. En razón de la anterior la Alcaldía Municipal delega en la primer vice alcaldía...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR