Régimen Municipal No. IN2020444582

Número de registroIN2020444582
Fecha de publicación18 Marzo 2020
EmisorRégimen Municipal

Resolución MT-HM-OF-011-2020 de las doce horas con quince minutos del lunes diecisiete de febrero de dos mil veinte. Considerando: Primero: Según el inciso e) del artículo cuatro del Código Municipal le corresponde a la Municipalidad de Tilarán en su carácter de Administración Tributaria percibir y administrar los tributos y demás ingresos municipales. Segundo: De conformidad con el artículo setenta y ocho del Código Municipal, el atraso en los pagos de tributos, genera intereses, que se calculan de conformidad con el Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Tercero: El artículo veintidós de la Ley del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles establece que la falta de cancelación oportuna del impuesto, generará el pago de intereses, que se regirá por lo establecido en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Cuarto: Cita el Código de Normas y Procedimientos Tributarios en su artículo cincuenta y siete, que mediante resolución, la Administración Tributaria fijará la tasa de interés, la cual deberá ser equivalente al promedio simple de las tasas activas de los bancos estatales para créditos del sector comercial y en ningún caso, no podrá exceder en más de diez puntos la tasa básica pasiva fijada por el Banco Central de Costa Rica. Resultando: Primero: El promedio simple de las tasas activas para el sector comercial de los Bancos Estatales fue de 11.93 % anual, entre el 01 de enero y el 11 de febrero del año dos mil veinte. Segundo: La tasa básica pasiva fijada por el Banco Central de Costa Rica al 17 de febrero del año dos mil veinte, fue de un 5.65% anual. Por tanto se resuelve: Primero: Establecer una tasa de interés anual del 11.93 % -once punto noventa y tres por ciento-, tanto a cargo del sujeto pasivo como a cargo de la Administración Tributaria, de conformidad con los artículos cincuenta y siete y cincuenta y ocho del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Segundo: Derogar la resolución MT-HM-OF-031-2017 de las ocho horas con veinte minutos del lunes diez de julio de dos mil diecisiete. Rige a partir de su publicación. Publíquese.

Proceso Servicios Ciudadanos y Técnicos.—Lic. José Antonio Rodríguez Herrera. M.B.A, Coordinador.—1 vez.—( IN2020444582 ).

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