Régimen Municipal No. IN2020450528

Fecha de publicación07 Abril 2020
Número de registroIN2020450528
EmisorRégimen Municipal

11 de marzo de 2020

DSM-6288-2020

Ingeniero

Johnny Araya Monge

Alcalde de San José

Señores

Comité Cantonal de Deportes y Recreación de San José

Estimados señores:

Para su conocimiento y fines consiguientes, me permito transcribir el Acuerdo 2, artículo IV, de la sesión ordinaria N° 202, celebrada por el Concejo Municipal del Cantón Central de San José, el 10 de marzo del año dos mil veinte, que a la letra dice:

Por unanimidad para la dispensa, fondo y aprobación definitiva, se aprueba moción presentada. Se acuerda:

“Acójase y apruébese moción suscrita por la Regidora Acevedo Acevedo, que dice:

Resultando:

1º—Que el artículo 174 del Código Municipal fue reformado por la Ley 9633 del 11 de diciembre de 2018, incluyendo en la conformación del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, dos integrantes del Comité de la Persona Joven.

2º—Que mediante Acuerdo 12 de sesión ordinaria 195 del 21 de enero de 2020, el Concejo Municipal, en ese sentido, realizó la obligatoria reforma del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de San José.

3º—Que tal reforma fue publicada en La Gaceta Número 35 del día 21 de febrero de 2020 en calidad de Proyecto.

Considerando:

1º—Que no habiéndose tenido información sobre la existencia de observaciones presentadas en el plazo de 10 (diez) días hábiles que fuera otorgado al efecto, venciendo dicho plazo el pasado 06 (seis) de Marzo, procede la publicación definitiva de tal reforma. Por tanto,

1º—Debe realizarse la publicación definitiva de los cambios efectuados en el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de San José, en aplicación de lo dispuesto por la Ley 9633 del 11 de diciembre de 2018, reforma al artículo 174 del Código Municipal:

Artículo 7º—La Junta Directiva estará conformada por 7 integrantes (Ley 9633 del 11diciembre 2018) que deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad, con la excepción de lo contenido en el artículo 174 inciso d, del Código Municipal.

b) Tener domicilio o residencia en el Cantón Central de San José.

c) Tener buena conducta, sentido de responsabilidad y honestidad para la ejecución del cargo.

d) Tener experiencia en el área deportiva y/o comunalista por un período mínimo de 3 años, lo cual deberá ser certificado por la Federación de la disciplina deportiva en la cual el postulante manifieste tener experiencia.

Artículo 9º—La elección de los 7 integrantes será de la siguiente manera:

a) Dos serán de nombramiento del Concejo Municipal.

b) Dos miembros de las Organizaciones deportivas y Recreativas del Cantón.

c) Un miembro de las Organizaciones comunales restantes.

d) ...

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