Régimen Municipal No. IN2021584155

Fecha de publicación29 Septiembre 2021
Número de registroIN2021584155
EmisorRégimen Municipal

Le comunico el acuerdo adoptado por el Concejo Municipal de Escazú en la Sesión Ordinaria Nº.189, Acta No. 227 del 09 de diciembre del 2019, que indica lo siguiente:

Acuerdo AC-363-19 “Se acuerda: Con dispensa de trámite de comisión: Con fundamento en las disposiciones de los artículos 11, 169 de la Constitución Política, 11, 12 y 13 de la Ley General de la Administración Pública, los artículos 13 inciso a) y e), 17 inciso d), l), y n) del Código Municipal y de conformidad con la Ley 9286 “Reforma Integral de la Ley Nº7495 Ley de Expropiaciones”, y sus artículos 1, 2, 3, 5, 6, 18, 19, 20, 21, 22, 25,y siguiendo las recomendaciones contenidas en los oficios US-2714-2019, el oficio GA-V2019-383 emitido por el Subproceso de Gestión Ambiental, el oficio GA-CA-712-2019 que es estudio de afectación, el plano catastrado SJ-1517574-2011, y el oficio IG-1078-2019 y el oficio AL-2558-2019 suscrito por el Alcalde, los cuales hace suyos este Concejo y las toma como fundamento de esta decisión acuerda: Primero: Se declara de interés público para su expropiación, la siguiente finca: 1-Partido de San José, matrícula de folio real 402271-000, que es terreno para construir, localizada en el cantón de Escazú, distrito de San Antonio limita al oeste, norte y sur con propiedades privadas y al este con calle pública, sobre la calle conocida como Lechones en El Curio, que es terreno para construir, situada en el distrito 2 San Antonio, cantón 2 Escazú de la Provincia de San José con los siguientes linderos: Norte: Jean Marie Bailliot y Charles Bailliot, Sur: Wolfgang Jobman Construcciones S.A., este: calle pública, Oeste: Miguel Hidalgo Solís y Socorro Porras Azofeifa., con plano catastrado SJ-1517574-2011, con 19.696.44 dm² (diecinueve mil seiscientos noventa y seis metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados)no tiene anotaciones, y tiene los siguientes gravámenes: servidumbre trasladada bajo citas: 39702046-01-0802-001 y tiene plazo de convalidación (rectificación de medida) bajo citas: 42310198-01-0006-001. Segundo: Que de los 19.696.44 dm² (diecinueve mil seiscientos noventa y seis metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados) la Municipalidad destinará para áreas de facilidades comunales la suma de 3500 metros cuadrados, quedando el restante de la medida de la propiedad para la construcción de las instalaciones del Plantel Municipal. Tercero: En virtud de lo expuesto, el interés de esta Municipalidad es contar con un predio que cuente con las condiciones necesarias para el Plantel Municipal las cuales serán amigables con el ambiente en cuanto a su diseño, asimismo se hacía necesario ubicar las instalaciones del plantel actual en un lugar que recogiera las mejores condiciones...

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