Reglamento Interno para la Tramitación de Modificaciones Presupuestarias de la Municipalidad de Alajuela, de 26 de Enero de 2016
Emisor | Municipalidad de Alajuela |
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
REGLAMENTO INTERNO PARA LA TRAMITACIÓN DE MODIFICACIONES
PRESUPUESTARIAS DE LA MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
Para los fines legales correspondientes, le transcribo y notifico artículo N° 6, Cap. V de la sesión ordinaria N° 04-2016 del 26 de enero del 2016.
Artículo 1°-Definiciones. Para los efectos de este Reglamento se entiende por: Alcalde: El funcionario de elección popular titular de la Alcaldía Municipal. Alcaldía: La Alcaldía Municipal del Cantón Central de Alajuela.
Concejo: El Concejo Municipal de la Municipalidad del Cantón Central de Alajuela.
Contraloría: Contraloría General de la República.
Control de Presupuesto: El Subproceso de Control de Presupuesto de la Municipalidad del Cantón Central de Alajuela.
Director de Hacienda: El titular o coordinador del Proceso de Hacienda Municipal de la Municipalidad del Cantón Central de Alajuela.
Modificación Presupuestaria: Es el acto administrativo por medio del cual se realizan ajustes en los gastos presupuestarios y que tienen por objeto disminuir los montos de diferentes subpartidas aprobadas para aumentar la asignación presupuestaria de otras subpartidas ya sea dentro de un mismo grupo y partida, o entre diferentes grupos, partidas o categorías programáticas. Así como la incorporación de nuevos gastos, tomando recursos de otras subpartidas, sin que se altere el monto global del presupuesto aprobado, través de ellas.
Plan Anual Operativo: Instrumento en el cual se concentran las políticas de la institución, mediante la definición de objetivos, acciones, indicadores y metas que deberán ejecutarse durante un determinado período presupuestario.
Presupuesto: Expresión financiera del plan operativo anual, mediante la estimación de los ingresos y egresos para el cumplimiento de objetivos y metas institucionales de un determinado año.
Artículo 2°-Objeto. El presente reglamento establece las disposiciones aplicables en el ámbito de la Municipalidad de Alajuela para el trámite y aprobación de las modificaciones al presupuesto municipal.
Artículo 3°-Competencia. La aprobación de las modificaciones al presupuesto de egresos de la Municipalidad corresponderá al Concejo Municipal. Cuando la modificación implique variaciones de un programa presupuestario a otro, el acuerdo deberá tomarse con la votación de dos terceras partes de los integrantes del Concejo.
Artículo 4°-Disposiciones Comunes que deben observarse en el trámite de formulación, aprobación y ejecución de las...
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