Reglamento Interno para la Tramitación de Modificaciones Presupuestarias de la Municipalidad de Alajuela, de 26 de Enero de 2016

EmisorMunicipalidad de Alajuela

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

REGLAMENTO INTERNO PARA LA TRAMITACIÓN DE MODIFICACIONES

PRESUPUESTARIAS DE LA MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

Para los fines legales correspondientes, le transcribo y notifico artículo N° 6, Cap. V de la sesión ordinaria N° 04-2016 del 26 de enero del 2016.

Artículo 1°-Definiciones. Para los efectos de este Reglamento se entiende por: Alcalde: El funcionario de elección popular titular de la Alcaldía Municipal. Alcaldía: La Alcaldía Municipal del Cantón Central de Alajuela.

Concejo: El Concejo Municipal de la Municipalidad del Cantón Central de Alajuela.

Contraloría: Contraloría General de la República.

Control de Presupuesto: El Subproceso de Control de Presupuesto de la Municipalidad del Cantón Central de Alajuela.

Director de Hacienda: El titular o coordinador del Proceso de Hacienda Municipal de la Municipalidad del Cantón Central de Alajuela.

Modificación Presupuestaria: Es el acto administrativo por medio del cual se realizan ajustes en los gastos presupuestarios y que tienen por objeto disminuir los montos de diferentes subpartidas aprobadas para aumentar la asignación presupuestaria de otras subpartidas ya sea dentro de un mismo grupo y partida, o entre diferentes grupos, partidas o categorías programáticas. Así como la incorporación de nuevos gastos, tomando recursos de otras subpartidas, sin que se altere el monto global del presupuesto aprobado, través de ellas.

Plan Anual Operativo: Instrumento en el cual se concentran las políticas de la institución, mediante la definición de objetivos, acciones, indicadores y metas que deberán ejecutarse durante un determinado período presupuestario.

Presupuesto: Expresión financiera del plan operativo anual, mediante la estimación de los ingresos y egresos para el cumplimiento de objetivos y metas institucionales de un determinado año.

Artículo 2°-Objeto. El presente reglamento establece las disposiciones aplicables en el ámbito de la Municipalidad de Alajuela para el trámite y aprobación de las modificaciones al presupuesto municipal.

Artículo 3°-Competencia. La aprobación de las modificaciones al presupuesto de egresos de la Municipalidad corresponderá al Concejo Municipal. Cuando la modificación implique variaciones de un programa presupuestario a otro, el acuerdo deberá tomarse con la votación de dos terceras partes de los integrantes del Concejo.

Artículo 4°-Disposiciones Comunes que deben observarse en el trámite de formulación, aprobación y ejecución de las...

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