Reglamento No. IN2019355310

Fecha de publicación28 Junio 2019
Número de registroIN2019355310
EmisorAVISOS

COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA

JUNTA DE GOBIERNO

La Junta de Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, comunica que la Junta de Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, comunica que en la sesión ordinaria 2019-06-19, celebrada el 19 de junio del 2019, acordó lo siguiente:

1. Inclusión de Oculoplastía (Párpados, Vía Lagrimal y Órbita) como sinónimo de la Subespecialidad en Cirugía Oculoplástica, Vía Lagrimal y Órbita.

2. Modificar el Reglamento de Especialidades y Especialidades Médicas 37562-S publicado en La Gaceta, Alcance Digital 51 del 18 de marzo de 2013, en su artículo 94, para que en adelante se lea de la siguiente manera:

“...Artículo 94.—Cirugía Oculoplástica, Vía Lagrimal y Órbita. Se reconoce como sinónimo de la Subespecialidad en Cirugía Oculoplástica, Vía Lagrimal y Órbita los siguientes términos:

(…)

B. Oculoplastía (Párpados, Vía Lagrimal y Órbita)

(…)

Junta de Gobierno.—Dr. Luis Carlos Pastor Pacheco, Presidente.—1 vez.—( IN2019355310 ).

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