Resolución. MUNICIPALIDAD DE QUEPOS

Fecha de publicación15 Noviembre 2019
Número de registroIN2019405217
EmisorMUNICIPALIDADES
2 v. 2.

MUNICIPALIDAD DE QUEPOS

CONCEJO MUNICIPAL

Acuerdo tomado en la sesión ordinaria N° 328-2019, celebrada por el Concejo Municipal del cantón de Quepos, el martes 22 de octubre del 2019.

REFORMA PARCIAL AL REGLAMENTO DE

NOMBRAMIENTO DEL COMITÉ CANTONAL

DE DEPORTES Y RECREACIÓN DEL

CANTÓN DE QUEPOS (AGUIRRE)

APROBADA EN LA SESIÓN ORDINARIA

DEL CONCEJO MUNICIPAL

N° 328 DE FECHA 22 DE OCTUBRE DE 2019

Acuerdo N° 27. Texto de la propuesta de reforma aprobada: Proyecto de Reforma Parcial al Reglamento de Nombramiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Quepos (Aguirre).

Resultando:

- Que de acuerdo a la Ley 9633 se debe garantizar de manera plena y efectiva la participación de la Niñez y la Adolescencia en el Comité Cantonal de Deportes y Recreación, con la inclusión de dos personas menores de edad, -mayores de 15 y menores de 18 años- para que integren en forma paritaria de género, la Junta Directiva del Comité.

- Luego de analizada la situación descrita en la parte considerativa, y en vista de que se han realizado una reforma de los artículos 174 y 175 de la ley 7794, Código Municipal, de 30 de abril de 1998, para garantizar la efectiva participación de la niñez y adolescencia de los Comité Cantonales de Deporte y Recreación y a la Asesoría Legal del Concejo Municipal, siendo lo recomendado fortalecer los siguientes artículos, se reforma el Reglamento de Nombramientos del Comité Cantonal de Deportes y Recreación del Cantón de Quepos (Aguirre) en los siguientes artículos:

Artículo 2º—La Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Aguirre, está compuesta por siete miembros representantes de las siguientes entidades comunales y nacionales.

La Junta Directiva estará conformada por 7 integrantes propietarios que deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Ser mayor de edad salvo los dos miembros del Comité que se nombran por la reforma al Código Municipal 7794 según Ley número 9633. b) Ser residente del Cantón de Quepos c) Ser de buena conducta y reputación comprobada d) Tener experiencia en Organizaciones Deportivas y Recreativas, sentido de responsabilidad y honestidad para la ejecución del cargo, salvo los menores de edad que podrían tener experiencia en la práctica de deportes.

Dos miembros de nombramiento del Concejo Municipal.

Dos integrantes serán de nombramiento directo del Concejo Municipal, quienes serán escogidos con al menos un mes de antelación al vencimiento del periodo reglamentario de la Junta Directiva, para...

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