Resolución

Fecha de publicación03 Febrero 2020
Número de registroIN2020429283
EmisorINSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL

La Junta Directiva del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), mediante acuerdo décimo primero, capítulo nueve de la Sesión Extraordinaria 49-219 celebrada el día 03 de diciembre de 2019, aprobó la publicación del Reglamento del concurso para la selección y nombramiento del Auditor o Auditora Interna del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, para que se lea de la siguiente manera:

“REGLAMENTO DEL CONCURSO PARA LA SELECCIÓN

Y NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR O AUDITORA

INTERNA DEL INSTITUTO DE FOMENTO

Y ASESORÍA MUNICIPAL (IFAM)

Artículo 1º—Inicio del proceso. La Junta Directiva mediante acuerdo firme, ordenará a la Dirección Ejecutiva girar las instrucciones para que la Unidad de Talento Humano, coordine el concurso interno o público según sea el caso, para la selección de la persona titular en el cargo de Auditor Interno del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), de conformidad con las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna del IFAM, y; conforme con la normativa respectiva, denominada “Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de las personas titular auditor y subauditor internos, emitidos por la Contraloría General de la República” y sus reformas, así como los vigentes a la fecha de realizar el nombramiento.

Artículo 2º—Requisitos mínimos. Los requisitos mínimos obligatorios para ocupar el cargo de Auditor Interno son los establecidos en el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna del IFAM.

Artículo 3º—Requisitos adicionales. La Junta Directiva establecerá mediante acuerdo en firme, los requisitos adicionales atinentes para dicho cargo, los cuales deberán complementarse con los requisitos mínimos indicados en el artículo anterior, con la finalidad de establecer un perfil acorde con las prácticas profesionales más recientes para la mejor prestación del servicio.

Artículo 4º—Tipos de nombramientos. De acuerdo con lo dispuesto en los Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, las condiciones para las gestiones de sus nombramientos y sus reformas, la Junta Directiva puede efectuar los siguientes tipos de nombramiento aplicables al cargo de Auditor Interno, a saber:

a) Recargo de funciones, hasta por tres meses.

b) Nombramiento interino, hasta por un año, (requiere de concurso interno).

c) Nombramiento definitivo, (requiere de concurso público).

Artículo 5º—Recargo de funciones. Conforme al inciso a) del artículo anterior, la Junta Directiva podrá acordar el recargo de funciones del cargo de Auditor Interno, hasta por tres meses, en los términos que se establecen en los artículos 27 y 28 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna del IFAM, mientras se realiza el proceso concursal respectivo, en concordancia con lo establecido en la Resolución R-DC-83-2018 emitida por la Contraloría General de la República a las ocho horas del nueve de julio de dos mil dieciocho, publicado en el Diario Oficial La Gaceta 143, del 13 de agosto de 2018 y sus reformas, y los vigentes a la fecha de realizar el nombramiento.

Artículo 6º—Formación del expediente. Una vez que la Junta Directiva apruebe los términos del concurso para el nombramiento, corresponderá a la Unidad de Talento Humano formar el expediente del concurso interno para el nombramiento interino hasta por un año o del concurso público para el nombramiento definitivo, según sea el caso, para seleccionar y nombrar a la persona titular en el cargo de Auditor Interno del IFAM. Dicho expediente, deberá encontrarse ordenado de forma cronológica y debidamente foliado.

Artículo 7º—Preparación de documentación. Corresponderá a la Unidad de Talento Humano, preparar la documentación del concurso respectivo, a efecto de que la administración gestione ante la Contraloría General de la República, la autorización requerida para el nombramiento del Auditor Interno, sea este en forma interina o en forma definitiva de conformidad con los lineamientos contenidos en la Resolución del Órgano Contralor Resolución R-DC-83-2018 emitida por la Contraloría General de la República a las ocho horas del nueve de julio de dos mil dieciocho, publicado en el Diario Oficial La Gaceta 143, del 13 de agosto de 2018 y sus reformas, y los vigentes a la fecha de realizar el nombramiento.

El Departamento Administrativo velará porque la Unidad Talento Humano, cumpla con las disposiciones establecidas en el presente Reglamento.

CAPÍTULO II

Selección y nombramiento interino del Auditor Interno

Artículo 8º—Inicio del concurso interno. Se realizará concurso interno si la Junta Directiva decide realizar un nombramiento interino en el cargo de Auditor Interno el cual no podrá superar un año, lo anterior de previo a realizar el nombramiento en forma definitiva.

Artículo 9º—Cartel del concurso interno. Corresponderá a la Unidad de Talento Humano, elaborar el cartel para el concurso interno y remitirlo...

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