Resolución

Fecha de publicación04 Febrero 2020
Número de registroIN2020430435
EmisorBANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

La Junta Directiva Nacional, en su calidad de tal y actuando en funciones propias de Asamblea de Accionistas de Popular Valores Puesto de Bolsa S.A.; Popular Sociedad Agencia de Seguros S.A.; Popular Sociedad de Fondos de Inversión S.A. y Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S. A., en sesión ordinaria 5698 celebrada el 18 de diciembre del 2019 mediante acuerdo 017, acuerda por unanimidad aprobar la modificación del Código de Conducta del Conglomerado Financiero Banco Popular y de Desarrollo Comunal (Código de Ética), para que se lea de la siguiente manera:

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL CONGLOMERADO

FINANCIERO BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO

COMUNAL (CÓDIGO DE ÉTICA)

SECCIÓN I

Aplicación

Artículo 1º—Fundamentación y objetivo. Este Código se emite con fundamento en lo dispuesto en los artículos 24.b y 25 de la Ley Orgánica del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, y artículo 11 del Reglamento sobre Gobierno Corporativo, Orientaciones Políticas de la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras, Acuerdo Sugef 16-16, y tiene como objeto establecer el conjunto de normas dirigidas a regular los comportamientos de las entidades del Conglomerado y sus Grupos de Interés con base en el propósito, visión, misión, valores y principios del Conglomerado Financiero Banco Popular y de Desarrollo Comunal, todo sin perjuicio de lo que indiquen la Ley, los Reglamentos Externos y los Reglamentos Corporativos que emita la Junta Directiva Nacional.

Artículo 2º—Alcance del Código de Conducta. El presente Código es de acatamiento obligatorio para las personas colaboradoras del Conglomerado, y en el caso de los proveedores en lo que corresponda.

Artículo 3º—Definiciones.

Activos de información: Se denomina activo a aquello que tiene algún valor y por tanto debe protegerse. De manera que un Activo de Información incluye la información estructurada y no estructurada que se encuentre presente en forma impresa, escrita en papel, transmitida por cualquier medio electrónico o almacenada en equipos de cómputo, incluyendo datos contenidos en registros, archivos y bases de datos. Asimismo, indistintamente del medio de almacenamiento que se disponga para un Activo de Información, físico o digital, este tendrá la misma validez, aunque los controles necesarios para protegerlo sean diferentes.

Activos de soporte a la información: Conjunto de elementos que son contenedores de los activos de información, reflejan su actividad. Dentro de estos activos de soporte se considera hardware, software, aplicaciones de negocio, red, personal, instalaciones, organización, sellos, plantillas físicos o digitales con membretes o logos del Conglomerado, entre otros.

Información: datos con sentido y valor que se considera un recurso vital para toda empresa, pues de ésta depende la buena toma de decisiones y la buena realización de cada una de las actividades de la organización. Dicha información se puede almacenar en formato físico (documentos impresos) como en digital (discos duros, medios ópticos, tales como discos compactos (CD) y discos digitales versátiles (DVD), y tarjetas de memoria, dispositivos USB, entre otros).

Orientaciones Políticas de la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras: documento que reúne las orientaciones políticas del Conglomerado Financiero Banco Popular y de Desarrollo Comunal, aprobado durante la LXIII Asamblea Plenaria Extraordinaria, celebrada el 21 de julio de 2014. Dichos lineamientos buscan alinear la gestión de la entidad para incidir en el bienestar de la población trabajadora, respondiendo a su naturaleza especial y objetivo de creación y se encuentran organizados en tres grandes núcleos: 1. Fortalecimiento Institucional: Busca garantizar la sostenibilidad financiera del Conglomerado, incidir en el bienestar del personal y fortalecer las iniciativas internas de gestión ambiental; 2. Fomento del Desarrollo Nacional: Pretende contribuir en la inclusión financiera de las regiones geográficas y de la población trabajadora del país; 3. Ejes transversales: La gestión del Conglomerado debe responder a la equidad, el alineamiento corporativo, la innovación y el desarrollo local.

Artículo 4º—Compromisos. Las personas señaladas en el artículo 2 de este Código deben conocer y respetar las normas que rigen el ordenamiento jurídico que regula el ámbito de actuación del CFBPDC, por ejemplo, la Constitución Política, la Ley General de Control Interno 8292, la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, 8422, la Ley General de la Administración Pública, el Decreto Ejecutivo 33146-MP referente a los principios éticos que los funcionarios públicos deben observar en el ejercicio de sus labores, el Reglamento general sobre legislación contra el narcotráfico, actividades conexas, legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y delincuencia organizada, las Normas de control interno para el Sector Público (N-2-2009-CO-DFOE) emitidas por la Contraloría General de la República, el Reglamento sobre Gobierno Corporativo Acuerdo Sugef 16-16, el Acuerdo Sugef 12-10 Normativa para el cumplimiento de la Ley 8204, la Guía Técnica para el Desarrollo de Auditorías de la Ética, GT-01-2008; Orientaciones Políticas emitidas por la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras 2014; el Código de Buen Gobierno Corporativo del CFBPDC, el Reglamento de Políticas Institucionales y los lineamientos establecidos en la Estrategia Global del CFBPDC.

I. La Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras, su Directorio, las Juntas Directivas, la Alta Gerencia y las jefaturas, tienen los siguientes deberes con su personal:

a) Buscar el equilibrio entre sus fines sociales, de seguridad y de rentabilidad de acuerdo con la naturaleza y propósito del CFBPDC y respetando los límites fijados por la normativa vigente.

b) Permitir el crecimiento personal e institucional en un ambiente de armonía, respeto y justicia.

c) Respetar de manera absoluta la legislación laboral vigente, en procura de condiciones laborales adecuadas.

d) Promover la adherencia a un estricto comportamiento ético del colaborador en el servicio y el apego a los más altos valores.

II. Las personas colaboradoras tienen las siguientes obligaciones y compromisos:

Aplicar los principios básicos de sostenibilidad, bienestar, inclusión, equidad, innovación y desarrollo local, establecidos en las Orientaciones Políticas de la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras, con el fin de fortalecer y enriquecer la sana convivencia comunitaria y el desarrollo del trabajo en equipo.

Aplicar las disposiciones establecidas en el Código de Buen Gobierno Corporativo y en la Sugef 16-16

Comprender la responsabilidad administrativa que implica violentar lo normado en el presente Código y las disposiciones conexas, según lo indicado en el artículo 11.

Comunicar las anomalías o incumplimientos de este Código que sean identificados.

Interiorizar las declaraciones de valores de este Código y aplicar las conductas subyacentes en el ejercicio de las labores.

Mantener una actitud positiva en todas las actividades que el ejercicio de las labores implique.

Mantener un comportamiento ético en sus actuaciones con los Grupos de Interés del Conglomerado, así como en cualquier otro ámbito.

Respetar las disposiciones internas y externas relacionadas con derechos humanos e igualdad y equidad de género.

SECCIÓN II

Declaración de valores

Artículo 5º—Declaración de valores.

Inciso 1. Descripción de valores: constituyen la forma esperada de actuar de las entidades integrantes del CFBPDC, las Personas Colaboradoras y proveedores, en concordancia con las Orientaciones Políticas de la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras, y la Estrategia Global del CFBPDC, que sirven de vínculo entre la conducta y las acciones para lograr la misión, visión, objetivos y propósito estratégico. En este sentido, las personas antes indicadas deben fomentar y cumplir con lo siguiente:

Orientación al cliente: mejora de la experiencia de nuestros clientes, para satisfacer sus necesidades y cumplir sus expectativas, brindando un servicio de excelencia.

Excelencia en la gestión: enfoque en la mejora continua de nuestra operación, gestionando adecuadamente los riesgos y controles inherentes y el cumplimiento normativo.

Innovación: nuestros productos y servicios deben adoptar las tendencias del mercado y las tecnologías para atender a cabalidad las necesidades y expectativas del cliente, dentro del marco del ámbito social, económico y ambiental.

Integridad: actuar con rectitud, equidad, respeto y transparencia ante nuestros clientes y demás grupos de interés.

Compromiso social: promover activamente el desarrollo económico, social y ambiental de la sociedad costarricense, con accesibilidad, solidaridad, inclusión y equidad de género.

Liderazgo: atraer, motivar y convencer a los clientes y demás grupos de interés con el propósito de realizar metas comunes orientadas al bienestar de la sociedad.

Inciso 2: Con respecto a la declaración de valores, son conductas esperadas de las personas indicadas en el párrafo primero de este artículo, las siguientes:

Orientación al cliente:

Trabajar para satisfacer las necesidades y expectativas de la clientela, brindando un servicio de excelencia.

Conocer y superar las necesidades y expectativas de la clientela en el marco del ámbito económico-financiero, social y ambiental.

Fomentar una cultura de trabajo basada en el compromiso con el bienestar de las personas y el desarrollo de comunidades y territorios, en la mística y responsabilidad, el esfuerzo, la dedicación y la excelencia en el servicio.

Que exista interacción con los Grupos de Interés, en aras de optimizar su gestión y ofrecer una atención pertinente a las necesidades de productos y servicios financieros de la clientela.

Excelencia en la gestión:

Trabajar en la mejora continua de los procesos, productos servicios financieros de alta calidad, teniendo presentes los riesgos y controles inherentes a ellos, así...

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