Resolución. MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

Fecha de publicación12 Agosto 2020
Número de registroIN2020475118
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

Para los fines legales correspondientes, le transcribo y notifico artículo 1, inciso 1.2, capítulo I de la Sesión Extraordinaria 13-2020 del día jueves 23 de julio 2020.

Artículo 1º—Inciso 1.2.: Se conoce el Proyecto de Reglamento de Sesiones Virtuales del Concejo Municipal y Comisiones Municipales de Alajuela, elaborado por la Comisión de Asuntos Jurídicos.

PROYECTO DE REGLAMENTO DE SESIONES VIRTUALES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE ALAJUELA Y COMISIONES MUNICIPALES DE ALAJUELA EN CASO DE

EMERGENCIA NACIONAL O CANTONAL.

Considerando que:

1º—A partir del día 16 de marzo el Gobierno de la República emite un decreto de Estado de Emergencia Nacional (42227), por el motivo de la pandemia Covid-19. o Cualquier otro decreto que rija como decreto de estado de Emergencia Cantonal o Nacional.

2º—Mediante la ley 9842 del 27 de abril del 2020, denominada “Toma de posesión y realización de sesiones virtuales en caso de emergencia nacional o cantonal” se modificó la Ley 7794 o Código Municipal introduciéndose el ordinal 37 bis, el cual faculta a los Concejos Municipales a sesionar de forma excepcional virtualmente, a partir del primero de mayo.

3º—De conformidad con el ordinal 169 de la Constitución Política, el Concejo Municipal es un órgano deliberativo.

4º—En la actualidad el Concejo Municipal del cantón central de Alajuela no cuenta con ninguna regulación para la deliberación a través de sesiones virtuales, por lo cual es adecuado para el desarrollo de las mismas la emisión de una regulación que permita su adecuado desarrollo.

5º—El Concejo Municipal como órgano jerárquico de la Municipalidad de Alajuela está sujeto en su conjunto a los principios fundamentales del servicio público, para asegurar su continuidad, su eficiencia, su adaptación a todo cambio en el régimen legal o en la necesidad social que satisfacen y la igualdad en el trato de los destinatarios, usuarios o beneficiarios.

El Concejo Municipal de la Municipalidad del Cantón de Alajuela, conforme a las potestades conferidas por los artículos 4 inciso a), 13 incisos c), 17 incisos a), 37 bis y 50 del Código Municipal, Ley 7794 y el artículo 170 de la Constitución Política, acuerda emitir el siguiente reglamento:

CAPÍTULO I

Artículo 1º—Disposiciones Generales.

El presente reglamento es complementario al Reglamento Interno de Orden, Dirección y Debates del Concejo Municipal, o Reglamento Municipal . 22, publicado en La Gaceta 51 del 31/05/2005, por lo cual las disposiciones contenidas en el mismo se aplican a la sesión realizada mediante modalidad virtual, en el tanto sean compatibles.

El Concejo Municipal y sus comisiones de manera excepcional podrá sesionar mediante la modalidad virtual, vía videoconferencia, siempre que se garanticen los principios de colegialidad, simultaneidad y de deliberación. Para realizar una sesión virtual se debe contar con el voto favorable de dos terceras partes de los regidores.

4- En las sesiones virtuales, es indispensable que exista deliberación y que el voto sea producto de esa deliberación. Este uso será posible si la telecomunicación permite una comunicación integral, simultánea que comprenda video, audio y datos

5- En todo momento se debe garantizar la transparencia de las sesiones y sus acuerdos por lo que la plataforma virtual debe contemplar la facilidad de poder transmitirse en vivo o por medio de grabación por medios digitales de fácil acceso para los ciudadanos del cantón.

6- La plataforma tecnológica que se utilice deberá garantizar la identificación de las personas cuya presencia es virtual, la autenticidad e integridad de la voluntad y la conservación de lo actuado.

CAPÍTULO II

De las Sesiones Municipales Virtuales

Artículo 2º—Las Sesiones. Las sesiones del Concejo Municipal se celebrarán de forma ordinaria los días martes a las 6 pm hora del reloj del presidente municipal.

El Concejo Municipal podrá acordar la celebración de sesiones extraordinarias por votación de las dos terceras partes del cuerpo deliberativo.

Artículo 3º—Acuerdos y Conducción. Las sesiones y Acuerdos se regirán en función del Reglamento interior de orden, dirección y debates del Concejo Municipal del cantón de Alajuela. Esto para garantizar el adecuado funcionamiento del Concejo Municipal. Adecuando los señalamientos presenciales a la virtualidad.

Artículo 4º—Desconexión por falla de Internet o Electricidad. En caso de desconexión de alguno de los...

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