Resolución. MUNICIPALIDAD DE GUATUSO

Fecha de publicación19 Noviembre 2020
Número de registroIN2020501839
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE GUATUSO

Señor:

Carlos Mena Hernández

Proveedor Municipal

Municipalidad de Guatuso

Estimado señor:

Le transcribo artículo VII, acuerdo 6, inciso b), de sesión ordinaria N° 41-2020, de fecha 20/10/2020, y que textualmente dice:

El Concejo acuerda con tres votos positivos de los regidores Arelys Reyes Vigil, Albán Chavarría Molina, Norma Gómez Sácida, y dos votos negativos de las regidoras Francine Espinoza Salguera y Samaria Cruz Esquivel, aprobar la modificación propuesta para que se lea de la siguiente forma:

Acorde al artículo 148 del Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de la Municipalidad del Cantón de Guatuso se mociona modificación al artículo 142 del Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de la Municipalidad del Cantón de Guatuso en cuanto a “El horario de trabajo para todo el personal municipal será de lunes a viernes: Personal administrativo, Técnico y Profesional de las 8:00 a. m. a 4:00 p.m., con 1 hora de almuerzo y 15 minutos de descanso en la mañana y 15 minutos de descanso en la tarde”. No resulta en correcta atención al público que en horas de la mañana o la tarde no se de atención a los usuarios por “tiempos de descanso” y existe el mismo problema en hora de almuerzo, pues al ser un municipio pequeño no existe personal que supla el servicio de quien toma su tiempo de almuerzo. Siendo que en las inmediaciones existen sitios que proveen alimentos y con el fin de que el servicio en la mañana y tarde sea continuo, además de que se evite a los usuarios tener que esperar personas que por horario no están cuando hace presencia el usuario. Se mociona la siguiente reforma:

“El horario de trabajo para todo el personal municipal será de lunes a viernes: Personal administrativo, Técnico y Profesional de las 8:00 a. m. a 4:00 p. m., con 1 hora de almuerzo que se tomará sin excepción de las 11:30 a. m., hasta las 12:30 p. m”.

En este tiempo el Palacio Municipal permanecerá cerrado al público, por lo que aplicará el artículo 167.48 del Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de la Municipalidad del Cantón de Guatuso.

Acorde al Artículo 148 del Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de la Municipalidad del Cantón de Guatuso este Concejo Municipal envía consulta no vinculante a los servidores públicos municipales a través de sus representantes sindicales, para que en el plazo de 10 días hábiles manifiesten lo que consideren oportuno.

Le transcribo artículo VI, acuerdo 5, inciso a), de sesión ordinaria N° 42-2020, de fecha 27/10/2020, y que textualmente dice:

El Concejo Municipal acuerda con tres votos positivos de los regidores Arelys Reyes Vigil, Vanessa Mejías Arias, Norma Gómez Sácida, y dos votos negativos de los regidores...

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