Resolución

Fecha de publicación22 Abril 2021
Número de registroIN2021540151
EmisorMUNICIPALIDADES

Conforme lo dispone el artículo 43 del Código Municipal, se publica el presente proyecto de reforma reglamentaria y se somete a consulta pública no vinculante por el plazo de 10 días hábiles, aprobada por el Concejo Municipal de Santa Ana mediante Acuerdo 06 de la Sesión Ordinaria 47-2021, celebrada el 23 de marzo del 2021:

“PROYECTO DE REFORMA AL REGLAMENTO

PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DEL COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN

DE SANTA ANA PARA INCORPORAR A LAS PERSONAS

JÓVENES EN EL COMITÉ CANTONAL

Y EN LOS COMITES COMUNALES.

Considerando:

Que mediante ley 9633, se introdujo la representación de las personas jóvenes en la junta directiva del comité cantonal de deportes y recreación, así como dos personas jóvenes en los comités comunales de deportes y recreación.

En consecuencia; se reforma el presente reglamento para incluir a las dos personas jóvenes en ambos comités.

Además, se redacta con más detalle el procedimiento de las asambleas para nombrar a los miembros del Comité Cantonal. Por tanto;

SE ACUERDA

1°—Reformar los artículos 1 y 45 para que donde indican cinco miembros, se lea siete miembros

2°—Reformar el artículo 15 para que sea lea de la siguiente manera:

Artículo 15.—La Junta Directiva del Comité Cantonal, es la máxima autoridad de este organismo y es la encargada de su gobierno y dirección. Estará integrada por los siete miembros que conforman el Comité Cantonal, quienes nombraran entre su seno un presidente, un vicepresidente, un secretario(a), un tesorero (a) y tres vocales, una vez juramentados por el Concejo Municipal.”

3°—Reformar el artículo 16 para que se lea de la siguiente manera:

Artículo 16.—La Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y Recreación (CCDR) estará integrada por siete personas residentes en el cantón de la siguiente forma:

a) Dos miembros que serán nombrados por el Concejo Municipal.

b) Dos miembros que serán nombrados por las organizaciones deportivas y recreativas del cantón en una asamblea convocada por el CCDR. Estas organizaciones deben figurar como activas ante el CCDR, con programas o proyectos en ejecución; ya sea con apoyo del CCDR o de forma independiente; al menos con seis meses de antelación a la convocatoria y con personería jurídica vigente el día de la asamblea.

c) Un miembro que será nombrado por las organizaciones comunales del cantón en una asamblea convocada por el CCDR. Estas organizaciones deben figurar como activas ante la Municipalidad y con personería jurídica vigente el día de la asamblea.

d) Dos personas jóvenes, mayores de 15 años y menores de 18 años, que serán nombradas por las organizaciones juveniles, colegiales, religiosas y los atletas activos del Programa de Juegos Deportivos Nacionales del cantón en una asamblea convocada por el Comité Cantonal de la Persona Joven (CCPJ).

El representante legal de la organización u otra persona; autorizada por escrito con firma autenticada; participará con voz y con voto en la asamblea correspondiente.

Cuando dos o más organizaciones estén representadas por la misma persona, deberán autorizar a un representante distinto para cada una.

Estas asambleas serán públicas y la elección se hará por mayoría simple de los presentes, levantando la mano.

A la hora indicada, un funcionario/a del CCDR recibirá las personerías jurídicas y las cédulas de identidad.

Pasados 15 minutos de la hora indicada se cerrará la recepción de documentos y la persona que llegue pasado ese tiem...

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