Resolución. MUNICIPALIDAD DE SANTA
Fecha de publicación | 05 Mayo 2021 |
Número de registro | IN2021546637 |
Emisor | MUNICIPALIDADES |
MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
El Concejo Municipal de Santa Ana, comunica que mediante acuerdo 8, tomando en la sesión ordinaria 52-2021, celebrada el día 27 de abril del 2021, se aprobó el siguiente reglamento interno y se ordenó su publicación por única vez.
REGLAMENTO DE MINUTO DE SILENCIO
POR HOMENAJE PÓSTUMO O REMISIÓN
DE CONDOLENCIAS DEL CONCEJO
MUNICIPAL DE SANTA ANA
Considerando:
I.—Que de conformidad con lo establecido en el artículo 13 inciso c) y el primer párrafo artículo 43 del Código Municipal, corresponde al Concejo Municipal dictar los reglamentos de la Corporación.
II.—Que en honor a la solidaridad y respeto por la vida y de conformidad con lo establecido en capítulo X, artículo 107 del Reglamento Interior de Orden, Dirección y Debates del Concejo Municipal De Santa Ana, las regidurías y sindicaturas, y todo funcionario que se encuentre en la sala de sesiones pueden usar el ceremonial de ponerse de pie en caso de guardar silencio, por el tiempo que establezca la Presidencia Municipal, con motivo del fallecimiento de algún ciudadano.
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Objeto. El presente reglamento tiene como objeto establecer el ámbito de aplicación y protocolo a seguir durante de las sesiones celebradas por el Concejo Municipal de Santa Ana con respecto al uso del ceremonial de ponerse de pie en los casos en que se guarde silencio con motivo al homenaje póstumo o remisión de condolencias.
Artículo 2º—Definición. El minuto de silencio con motivo al homenaje póstumo o remisión de condolencias es el uso del ceremonial de ponerse de pie o en su defecto, silenciar el micrófono durante las sesiones virtuales que realiza el Concejo Municipal durante la celebración de sesiones ordinarias o extraordinarias para brindar pésame y muestras de solidaridad a familiares cuando ocurran sucesos lamentables a nivel nacional o internacional o en honor a la memoria de quienes ocuparon en vida el cargo de presidentes, vicepresidentes, ministros, viceministros, diputados, diplomáticos, alcaldes, vicealcaldes, regidores, síndicos, miembros del concejo municipal, magistrados de la Corte Suprema de Justicia, jerarcas de instituciones centralizadas, descentralizadas, autónomas o semiautónomas residentes en el cantón o ciudadanos que hayan dejado una huella extraordinaria desempeñando de forma pública o silenciosa algún acto heroico o de servicio para la comunidad, o cualquier otro acto de trascendencia para el desarrollo del cantón de Santa Ana.
CAPÍTULO II
Del minuto de silencio por homenaje póstumo
o remisión de condolencias
Artículo 3º—Duración. El homenaje póstumo o remisión de condolencias por el realizado por el Concejo Municipal tendrá una duración de 60 segundos.
Artículo 4º—Trámite. La solicitud de minuto de silencio por homenaje póstumo o remisión de condolencias deberá ser motivada y podrá ser incluida en el orden del día por las regidurías propietarias, sindicaturas y alcaldía y se clasificará bajo el apartado de Mociones de las Regidurías y Sindicaturas o Iniciativas de la Alcaldía, según corresponda.
Artículo 5º—Tipo de moción. En casos de imprevisibilidad o urgencia, la solicitud de minuto de silencio por homenaje póstumo o remisión de condolencias podrá ser tramitada como moción de orden durante la misma celebración de sesiones ordinarias o extraordinarias.
Artículo 6º—Aprobación. La aprobación de minuto de silencio por homenaje póstumo o remisión de condolencias requerirá la votación de mayoría simple de los miembros presentes en la sesión.
Una vez aprobada la moción, la solicitud de minuto de silencio por homenaje póstumo o remisión de condolencias podrá ser realizada en la misma sesión o ulterior, siempre y cuando el Concejo Municipal considere oportuno su postergación.
Artículo 7º—Dirección y pronunciamiento. Corresponderá al Presidente Municipal o quien actúe en su suplencia, el pronunciamiento del homenaje póstumo o remisión de condolencias.
CAPÍTULO III
Disposiciones finales
Artículo 8º—Obligatoriedad. Las disposiciones contenidas en el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba