Resolución. MUNICIPALIDAD DE GARABITO

Fecha de publicación19 Mayo 2021
Número de registroIN2021550810
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE GARABITO

El Concejo Municipal, del cantón de Garabito, acuerda en Sesión Ordinaria N° 54 artículo IV, Inciso C, celebrada el 10 de mayo del 2021, realizar las siguientes modificaciones al Reglamento para el proceso de cobro administrativo, extrajudicial de la Municipalidad de Garabito.

Artículo 25.—Inicio de la gestión cobro administrativo. La gestión de cobro administrativo iniciará a las cuentas no vencidas o a partir del día siguiente del vencimiento de la cuenta, por medio de avisos de cobro, notificaciones de forma personal o en el lugar de residencia, mensajería de texto, llamadas telefónicas, correos electrónicos, estos últimos siempre que estén actualizados en el Sistema de Información y Administración Municipal, u otros mecanismos que aperciban al contribuyente al cumplimiento de sus obligaciones tributarias, así como solicitar el cierre de negocios que adeuden dos o más trimestres, la generación de intereses moratorios por día de atraso, la notificación a que cancele el monto adeudado en un plazo de quince (15) días naturales o la posibilidad de solicitar un arreglo de pago y la consecuencia de enviar la cuenta a cobro judicial en caso de continuar la omisión. Simultáneamente, se le asignará en el Sistema de información y administración municipal un Check de estado a la cuenta, que tiene por objeto generar una alerta de que esta fue trasladada a cobro administrativo. Se notificará en vía administrativa a todos los contribuyentes registrados en la base de datos municipal en los primeros tres meses de cada año, a la dirección registrada, sea física o electrónica, sus respectivas deudas vencidas o no, con ésta Corporación Municipal, lo anterior sin perjuicio de realizarlo semestralmente durante el año. A quienes no se...

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