Resolución. MUNICIPALIDAD DE QUEPOS

Fecha de publicación13 Agosto 2021
Número de registroIN2021571134
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE QUEPOS

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE ARCHIVO CENTRAL

El Concejo Municipal de Quepos, en el acuerdo 10, del artículo 5°, de la sesión ordinaria N° 361-2020, celebrada el día martes 10 de marzo de 2020, aprobó el siguiente reglamento:

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE ARCHIVO CENTRAL

MUNICIPALIDAD DE QUEPOS

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1ºObjetivo: El presente reglamento regula lo referente al funcionamiento del Archivo Central y Archivos de Gestión de la Municipalidad de Quepos, según lo estipulado en la Ley del Sistema Nacional de Archivos Ley N° 7202 y su Reglamento, las Resoluciones de la Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos, los Lineamientos de la Dirección General del Archivo Nacional y las Directrices emitidas por los Jerarcas de la Institución.

Artículo 2ºGlosario:

A) Archivista: Ciencia que estudia la naturaleza de los archivos, su formación, los principios de conservación y organización y los medios de utilizarlos.

B) Archivo: Son las entidades o secciones de la entidad que reúnen, conservan, clasifican, ordenan, describen, seleccionan, administran y facilitan los documentos textuales, gráficos, audiovisuales y legibles por maquinas, producidos o recibidos por los individuos por parte de la administración y la investigación.

C) Archivo Central: El Archivo Central de la Municipalidad de Quepos, es un área de trabajo que tiene a su cargo reunir, custodiar y administrar el conjunto de documentos recibidos de sus funciones y que se conservan debidamente organizados para su utilización en la administración, los cuales son usados para: dar respuesta, y tomar decisiones, según sea el caso.

D) Archivo de Gestión: Son aquellos, que custodian los documentos desde su producción hasta que finaliza el trámite que les dio origen. Son utilizados conservados en las secretarias, oficinas y dependencias, y están en ellas por un periodo máximo de cinco años. Ellos tendrán a su cargo la gestión documental y la gestión de información basada en las técnicas secretariales, leyes conexas y vigentes a la fecha, del tipo documental.

E) Acrónimo: Sigla constituida por las iníciales (y a veces otras letras), con las cuales se forma el nombre.

F) Acervo documental: es todo serie documental producida en la gestión documental como cartas, planos, permisos de construcción, visados, oficios, informes, dictámenes, entre otros.

G) Administración privada: Conjunto de entidades y dependencias del sector privado establecida con un fin lucrativo.

H) Administración pública: Acción del gobierno al dictar y aplicar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de las leyes y para la conservación y fomento de los intereses públicos y al resolver las reclamaciones a que lugar lo mandado.

I) Ámbito: Área de influencia y de relación interna y externa que tiene cada una de las dependencias de una entidad.

J) Área administrativa: se tienen todos los materiales, muebles, equipo y recurso humano necesarios para el buen funcionamiento del archivo central.

K) Área de consulta o atención al público: lugar donde los usuarios llegan a solicitar información, acondicionado con mesa, silla, computadora, para que el usuario este cómodo.

L) Área de depósito o repositorios: Esta área debe estar separada de las otras aéreas anteriores, están los estantes, con la documentación instalada.

M) Base de datos computarizados: es un grupo de archivos computarizados, organizados en listas o tablas y que se pueden actualizar, reorganizar y localizar en diferente orden.

N) Ciclo de vida de un documento: inicia con la creación o recibido del documento, su distribución, su protección, su localización y uso tanto para consultas como para la toma de decisiones, trasferencia al archivo central, su disposición tanto su destrucción como su preservación.

O) Código: es indizar los registros de los nombres que se conservan y procesan en un sistema computarizado para una base de datos.

P) Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos: Órgano interno encargado de analizar y determinar la vigencia administrativa y legal de los documentos y someter a consideración de la Comisión Nacional de Selección y eliminación de documentos, la aprobación y modificación de las tablas de plazos, así como los documentos para su eliminación, contemplados en las tablas de plazos y tablas parciales.

Q) Cronograma: Indicara el día de recepción de documentas, para cada sección o unidad administrativa, los cuales se presentarán con las lista de remisión o transferencia documental.

R) Clase documental: La clase documental está determinada por el soporte en que se plasma la información contenida en el documento. Se pueden distinguir varias clases textual, manuscritos o impresos, gráficos (mapas, planos, dibujos), en imagen, pueden ser fijos o móviles. Fotos, filmes, sonoros (disco, casete) y legibles por máquina (discos compactos, disquetes, microfilmes).

S) Cuadro de clasificación: Es la estructura jerárquica y lógica, organizada con criterios orgánicos, funcionales o por asuntos, que recoge las actividades realizadas para ejecutar una función y que se reflejan en los documentos.

T) Descripción documental: Actividad desplegada por el técnico en archivística para elaborar los instrumentos que faciliten el acceso a los documentos y la recuperación de la información que contienen.

U) Delito informático: Lo cometerá el funcionario municipal, contribuyente o usuario el cual se apodere, destruya, altere el documento o sus componentes lógicos o físicos de la maquina o accesorios. La clave es de uso del departamento, será única y personal.

V) Documental: La totalidad de documentos que se producen, reciben y custodian en las oficinas o instituciones.

W) Documento es una combinación de soportes e información registrados, los cuales pueden ser utilizados como prueba y consulta, pueden ser escritos, impresos por maquinas manuales, electrónicas, digitales, disco óptico, magnetofónico u planos, dibujos, cuadros, fotografías, fotocopias radiografías, cintas cinematográficas, discos, grabaciones magnetofónicas y, en general, todo objeto mueble que tenga carácter representativo declaratorio, se custodia con una finalidad administrativa, jurídica o científica cultural.

X) Estructura Orgánica: es un modelo que establece los diferentes niveles jerárquicos que se dan dentro de una institución, tanto en el ámbito político como en el administrativo financiero y la relación de poder entre ellos.

Y) Expediente: Unidad documental compuesta por un conjunto de documentos generados, organiza y funcionalmente por un sujeto productor en la resolución de una misma actividad, procedimiento, tema o asunto.

Z) Firma digital: Se define por firma digital al conjunto de datos o lógicamente asociados a un documento electrónico, que permite verificar su integridad, así como identificar en forma univoca y vincular jurídicamente al autor con el documento electrónico.

AA) Foliación: Indicación numérica de las hojas de un documento en orden sucesivo.

BB) Fondo documental: El conjunto de documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, producidos orgánicamente o reunidos y utilizados, por la M, en el ejercicio de las actividades y funciones de ese productor.

CC) Gestión de documentos: Una parte del proceso administrativo relacionada con la aplicación de principios de economía y eficacia tanto en la producción, utilización, conservación y eliminación de los documentos, o sea el ciclo vital del documento.

DD) Gestión del conocimiento en el ámbito institucional: organización de acuerdo al organigrama institucional vigente.

EE) Instalación: Ubicación de los documentos en una carpeta, caja, archivador o estantería de acuerdo al cuadro de clasificación y de los métodos de ordenación asignado.

FF) Lista de remisión o transferencia documental: es el documento usado para trasladar los documentos al archivo central. Se le adjuntara un inventario de los documentos, para su cotejo.

GG) Los límites de la accesibilidad documental: son la información de carácter privado, el derecho a la intimidad y los secretos de estado, de toda persona física o jurídica. El administrado para ejercer su derecho siempre y cuando este alegue, demuestre la utilidad, la conveniencia y la necesidad de la información requerida, como parte de la colectividad, sin ocasionar daños a la contraparte o la administración o a terceros.

HH) MQ: son las siglas de la Municipalidad de Quepos

II) Normas ISAG: se usará solo en documentos de archivo, su finalidad es la de identificar y explicar el contexto contenido de los fondos y hacerlos accesibles, siempre y cuando que sean producidos, creados y recibidos en el ejercicio de las funciones y competencias del funcionario, son solamente documentos textuales, independientemente del tipo documental y soporte, las excepciones son sellos, mapas y registros sonoros.

JJ) Oficina productora: Dependencia productora de los documentos de una entidad que mantiene relaciones internas y externas con otras entidades y dependencias.

KK) Organigrama: cuadro que expresa gráficamente la organización de una entidad: divisiones, direcciones, departamentos, unidades o secciones.

LL) Patrimonio digital: se entenderá a los recursos del saber o la expresión de los seres humanos, ya sea de carácter cultural, científico o administrativo o engloben información técnica, jurídica, u otra clase, generando directamente en forma digital o se convierten a partir de este material análogo ya existente.

MM) Principio de procedencia: respecto de los fondos: se refiere a que los documentos creados y reunidos por la Municipalidad de Quepos, en el ejercicio de sus funciones o actividades no deben mezclarse o combinarse con documentos con documentos de otro individuos o personas jurídica.

NN) Sección de fondo o subfondo: La división del fondo que contiene un conjunto de documentos relacionados que corresponden a subdivisiones administrativas en las oficinas y organismos que lo originan, o sea la agrupación de documentos por...

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