Reglamento No. IN2021581005

Fecha de publicación20 Septiembre 2021
Número de registroIN2021581005
EmisorCAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AVISOS

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE HEREDIA S.A.

La Junta Directiva de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia S.A., en la sesión número cuatro mil ciento nueve-C de fecha nueve de agosto del año dos mil veintiuno, en su artículo cuarto, inciso 10 mediante Acuerdos JD ciento sesenta y cuatro guión dos mil veintiuno modifica artículo 15 inciso b), artículo 24, artículo 26 inciso b) y artículo 40 incisos d) y e) del Reglamento de Prestación de Servicios de Agua Potable, Alcantarillado Sanitario e Hidrantes, de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia Sociedad Anónima de la siguiente manera:

Acuerdo JD 164-2021

1. Aprobar la reforma a los artículos 15 inciso b), artículo 24, artículo 26 inciso b) y artículo 40 incisos d) y e) del Reglamento de Prestación de Servicios de Agua Potable, Alcantarillado Sanitario e Hidrantes, de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia Sociedad Anónima aprobado por la Junta Directiva de esta empresa el 19 de noviembre del año 2019 mediante acuerdo JD 250-2019 y publicado el 04 de diciembre del 2019 en el Alcance N° 270, La Gaceta N° 231; y reforma según acuerdo JD 127-2021 y publicado el 09 de julio de 2021 en La Gaceta N° 132 - Reglamentos; se reforma para que se apliquen de la siguiente manera:

Artículo 15.—De los requisitos para la solicitud de disponibilidad de servicios

Dicha solicitud debe realizarse en la Plataforma de Servicios de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia o en la oficina regional; para el otorgamiento de la disponibilidad de agua potable, el propietario del inmueble deberá cumplir con la presentación de los siguientes requisitos

a) Solicitud firmada por el dueño de la propiedad indicando claramente el número de finca y número de plano catastrado, la naturaleza del proyecto que pretende desarrollar, el propósito de la certificación de disponibilidad y señalar medio y/o lugar para recibir notificaciones.

b) En caso de persona física, deberá presentar la cédula de identidad o documento de residencia o pasaporte vigente en caso de ser extranjero, para su verificación.

c) En caso de personas jurídicas, certificación de personería jurídica vigente, con un máximo de 30 días de emitida. Tratándose de certificaciones digitales, conforme a la vigencia legal respectiva.

d) Una copia del plano catastrado.

e) Certificación literal de la propiedad (original).

En caso, que se soliciten más de tres servicios de disponibilidad simultáneos en una misma finca, se deberán acoger a los requisitos que se encuentran regulados en el Reglamento de Dotación de Servicios a Urbanizaciones, Fraccionamientos y Condominios, extensiones de Redes y su Financiamiento, de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia, Sociedad Anónima.

Dicha solicitud debe realizarse en la Plataforma de Servicios de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia o en la oficina regional.

Artículo 24.—De los requisitos para la solicitud de un servicio nuevo de agua potable por parte del titular del inmueble.

Dicha solicitud debe realizarse en la Plataforma de Servicios de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia o en la oficina regional; para el otorgamiento de un nuevo servicio, el propietario del inmueble deberá cumplir con la presentación de los siguientes requisitos:

a) Documento Solicitud de Trámites, disponible en la Plataforma de servicios de la ESPH S.A., debidamente completado y firmado por el propietario registral apoderado, o el albacea, según corresponda, así como llenar el documento: Contrato para la Prestación del Servicio de Acueducto y/o Alcantarillado Sanitario entre la Empresa de Servicios Públicos de Heredia S.A. y sus abonados (Debe indicar en la Plataforma de Servicios de la ESPH S.A., si también incluye el servicio de aguas residuales).

b) En caso de persona física, deberá presentar la cédula de identidad o documento de residencia vigente.

c) En caso de personas jurídicas, certificación de personería vigente con un máximo de 30 días de emitida. Tratándose de certificaciones digitales, conforme a la vigencia legal respectiva, identificación vigente.

d) Que el solicitante no tenga deudas con la ESPH S.A. (Esta condición se verifica a lo interno de la institución).

e) Copia del plano de catastro.

f) Certificación literal de la propiedad (original).

g) Documento Consentimiento informado debidamente firmado, disponible en la Plataforma de Servicios.

h) Cancelación en Plataforma de Servicios de la ESPH S.A., del costo de la instalación del servicio. La ESPH S.A. dispone de cinco (5) días hábiles para la conexión del servicio nuevo de agua potable y diez (10) días hábiles para el servicio nuevo de agua residual siempre y cuando el solicitante cumpla con las condiciones técnicas requeridas.

Artículo 26.—De los requisitos para la solicitud de un nuevo servicio por parte del poseedor del inmueble sin inscribir.

Para brindar el servicio de acueducto y aguas residuales en el caso de poseedores en terrenos sin inscribir, y cuando técnicamente sea factible, el solicitante deberá presentarse en la Plataforma de Servicios de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia o en la oficina regional y cumplir con los siguientes requisitos:

a) Documento Solicitud de Trámites, disponible en la Plataforma de servicios de la ESPH S.A., debidamente completado y firmado por el propietario registral apoderado, o el albacea, según corresponda, así como el documento Contrato para la Prestación del Servicio de Acueducto y/o Alcantarillado Sanitario entre la Empresa de Servicios Públicos de Heredia S.A. y sus abonados. (Indicar en la plataforma de servicios de la ESPH S.A., si también incluye el servicio de aguas residuales).

b) En caso de persona física, presentar cédula de identidad, documento de residencia vigente o pasaporte vigente para su verificación.

c) En caso de personas jurídicas, certificación de personería vigente con un máximo de 30 días de emitida. Tratándose de certificaciones digitales, conforme a la vigencia legal respectiva.

d) Presentar por parte del interesado: declaración jurada, firmada y debidamente autenticada por Notario Público, con una descripción del lote o propiedad, señalando en qué consisten sus actos posesorios, la existencia de edificación, las mejoras realizadas y que la propiedad no se encuentra inscrita.

e) Un documento idóneo que permita ubicar el terreno sobre el cual se ejerce el derecho posesorio, preferiblemente copia de plano debidamente catastrado.

f) Cancelar la tarifa de conexión correspondiente.

g) Que el solicitante no tenga deudas con ESPH S.A. (Esta condición se verifica a lo interno de la institución).

h) Documento Consentimiento Informado debidamente firmado.

La ESPH S.A. dispone de 5 días hábiles para la conexión del servicio nuevo de agua potable y 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de reciba a satisfacción la solicitud correspondiente, para el servicio nuevo de agua residual, siempre y cuando el solicitante cumpla con las condiciones técnicas requeridas.

Artículo 40.—Cambio de nombre de su cuenta.

Para realizar dicha solicitud el interesado debe presentarse en la Plataforma de Servicios de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia o en la oficina regional, el usuario deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a) Llenar formulario solitud de trámites.

b) Indicar número o números de contrato al cual hay que realizarle el trámite de cambio de nombre.

c) Documento consentimiento informado debidamente firmado.

d) Cédula de identidad del propietario...

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