Reglamento No. IN2021591570
Fecha de publicación | 18 Octubre 2021 |
Número de registro | IN2021591570 |
Emisor | AVISOS |
El Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica informa que la Asamblea General Extraordinaria N° 91-2021 del Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica celebrada el 29 de julio del 2021, reformó los artículos 06 y 29 del Reglamento de Mutualidad y Subsidio y que se leerá como se indica a continuación:
Artículo 6:
El Fondo de Mutualidad y Subsidio del Colegio ofrece beneficios en caso de invalidez o incapacidad y en caso de muerte del colegiado activo menor de 65 años. Todo colegiado que deja o dejó de ser activo a partir del 07 de agosto de 2020, sin importar la edad en que fallezca, tendrá derecho al beneficio por muerte.
El beneficio en caso de muerte corresponde a un capital de defunción, equivalente a ¢3,000,000.
El beneficio en caso de invalidez o incapacidad corresponde a una indemnización en un solo pago, el cual depende del número de años contribuidos al Fondo de acuerdo con el siguiente detalle:
Años Contribuidos | Monto del Beneficio |
De 3 a menos de 20años | ¢2,250,000 |
De 20 a menos de 25 años | ¢2,700,000 |
De 25 a menos de 30 años | ¢3,600,000 |
De 30 años y mas | ¢4,500,000 |
Estos montos serán revisados cada vez que se realice el estudio actuarial del Fondo, o bien cuando la Junta Directiva así lo considere.
El beneficio será entregado al colegiado que le corresponda, cuando se cumpla con los requisitos determinados por el Colegio.
Transitorio I:
Los montos establecidos en el artículo anterior serán aumentados a partir del 01 de enero de 2022, y por un plazo de cinco años en los siguientes montos:
Los ¢2,250,000, se aumentarán en ¢523,000 por año, hasta alcanzar los ¢4,865,000.
Los ¢2,700,000, se aumentarán en ¢711,000 por año, hasta alcanzar los ¢6,255,000.
Los ¢3,600,000, se aumentará en ¢809,000 por año, hasta alcanzar los ¢7,645,000.
Los ¢4,500,000, se aumentará en ¢907,000 por año, hasta alcanzar los ¢9,035,000.
Artículo 29:
El presente reglamento deroga el anterior aprobado según Acta número 79-2017 de Asamblea General Extraordinaria, celebrada el 10 de agosto de 2017 y publicado en Diario Oficial La Gaceta número 212 de fecha 01 de setiembre de 2017, y cualquier otra disposición que se le oponga, sin perjuicio de los derechos adquiridos con base en este último y rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Dr. Carlos Luis Salas Brenes, Tesorero.—1 vez.—( IN2021591570 ).
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba