Resolución. MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

Fecha de publicación28 Octubre 2021
Número de registroIN2021595854
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

El Concejo Municipal de Cartago informa, que en la sesión ordinaria N° 109-2021, del 28 de setiembre del 2021, en su artículo 59°, se acordó aprobar la modificación el artículo 13, del Reglamento de Funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Cartago, y se publica de acuerdo a lo estipulado en el artículo 43 del Código Municipal, mismo que en adelante dirá:

Artículo 13.—Vigencia del cargo. No remuneración, renuncia e informe de labores por renuncia: Las personas integrantes de la Junta Directiva durarán en sus cargos dos años, podrán ser reelectas por un máximo de dos períodos y no devengarán dietas ni remuneración alguna. Cuando una persona integrante de la Junta Directiva del Comité renuncie a su cargo, la renuncia se remitirá al Concejo Municipal y a la Junta Directiva del Comité. Asimismo, de conformidad con el Reglamento a la Ley Contra el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública y la Ley de Control Interno; deberá rendir un informe detallado por escrito de las gestiones del último año de labores, en un plazo no mayor a un mes calendario, a partir de la fecha que sea efectiva la renuncia. El Concejo procederá al nombramiento de la nueva persona integrante aplicando el procedimiento supra establecido.”

Guisella Zúñiga Hernández, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—O.C. N° OC7440.—Solicitud N° 304576.—( IN2021595854).

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