Resolución

Fecha de publicación15 Junio 2022
Número de registroIN2022652174
EmisorMUNICIPALIDADES

La Municipalidad de San Isidro de Heredia informa que mediante Acuerdo 581-2022 adoptado por el Concejo Municipal en sesión ordinaria 35-2022 del 30 de mayo de 2022, se llevó a cabo la aprobación de una reforma a los artículos 7, 9, 23, 48, 56, 62, 66 y 70 y la incorporación de un inciso w) al artículo 11 y los numerales 32 bis y 54 bis al Reglamento para la Organización y el Funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de San Isidro de Heredia, publicado en el Diario Oficial La Gaceta 226 del 24 de noviembre de 2016. La reforma dicha se aprobó en los siguientes términos:

1º—Refórmense los artículos 7, 9, 23, 48, 56, 62, 66 y 70 del Reglamento para el Funcionamiento de la Caja Recaudadora de la Municipalidad de San Isidro de Heredia, debiendo en adelante leerse de la siguiente forma:

Artículo 7º—La Junta Directiva del CCDRSI le corresponde la dirección y la organización, del Deporte y la Recreación en el cantón de San Isidro de Heredia Estará integrada por siete miembros procurando respetar la paridad y equidad de género, quienes, una vez juramentados por el Concejo Municipal, nombrarán entre su seno: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y tres vocales. En caso de que la Junta Directiva cuente con un funcionario que se encargue de las labores de la secretaría, el directorio está compuesto por Presidente, Vicepresidente, Tesorero y cuatro Vocales.

Artículo 9. La Junta Directiva del CCDRSI estará integrada por siete personas residentes en el cantón, nombrados para tal efecto, con quince días hábiles de antelación al vencimiento del período de la Junta Directiva saliente, de la siguiente forma:

a) Dos personas nombradas por el Concejo Municipal, procurando que sean un hombre y una mujer.

b) Dos miembros de las organizaciones o asociaciones deportivas y recreativas del cantón, adscritas al CCDRSI procurando que sean un hombre y una mujer.

c) Una persona de las organizaciones comunales restantes.

d) Dos miembros de la población entre los 15 años y menores de 18 años, quienes serán elegidos directamente mediante una asamblea cantonal conformada por todas las organizaciones juveniles del cantón y los atletas activos del Programa de Juegos Deportivos Nacionales del cantón, convocada por el Comité Cantonal de la Persona Joven, y posteriormente juramentados por el concejo municipal. Estos miembros no podrán ostentar la representación judicial o extrajudicial del comité, ni podrán contraer obligaciones en nombre del comité.

Para el nombramiento de los miembros de la Junta Directa, deberá llevarse a cabo el procedimiento previsto en el respectivo Reglamento de Elección que se emita al efecto.

Artículo 23.—La Junta Directiva del CCDRSI sesionará siempre en forma ordinaria y pública, una vez a la semana. Solo los siete miembros electos de la Junta Directiva, tendrán voz y voto, quienes asistirán obligatoriamente, junto con la Administradora (or) y la secretaria. El Administrador estará presente en las sesiones para conocer las inquietudes de la Junta Directiva y recibir instrucciones. Podrán estar presentes otros funcionarios cuando así sean convocados por la Junta Directiva.

Artículo 48.—Los Comités Comunales estarán integrados por una Junta Directiva compuesta por siete miembros. Cinco de estos miembros serán representantes de las asociaciones deportivas, recreativas y de desarrollo comunal existentes en el respectivo distrito del Comité Comunal elegidos mediante asamblea general....

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