Resolución. MUNICIPALIDAD DE PARAÍSO

Fecha de publicación05 Agosto 2022
Número de registroIN2022665408
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE PARAÍSO

CERT-115-2022.—Ana Rosa Ramírez Bonilla, Secretaria Del Concejo Municipal,

CERTIFICA:

Que en la sesión ordinaria N° 172-2022 del 21 de junio del 2022, el Concejo Municipal de Paraíso, aprueba por unanimidad y en Firme el Artículo III, Inciso 1, Acuerdo 6, para que se incorporen los artículos número 127 y 128 al Reglamento de Sesiones y Comisiones municipales de la Municipalidad de Paraíso (publicado en La Gaceta N° 155 del 13 de agosto 2021), que disponen:

(…) Artículo 127: Avocación de asuntos sometidos a trámite de comisión. Por razones de conveniencia y oportunidad, el Concejo Municipal podrá avocar asuntos sometidos a trámite de comisión. La Presidencia podrá presentar la moción de avocación en cualquier momento del debate. Las regidurías también podrán solicitar la avocación por medio de moción presentada para tal efecto, de acuerdo con lo dispuesto en este reglamento para las iniciativas de las regidurías. Una vez presentada la moción de avocación, esta no requerirá de trámite de dispensa de comisión y habiendo agotado la discusión, se someterá a votación. Para ser aprobada, la moción de avocación requerirá de mayoría calificada para ser aprobada. Una vez aprobada la moción de avocación, se procederá a discutir y votar el asunto, de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento de Reglamento Sesiones y Comisiones municipales de la Municipalidad de Paraíso. Rechazada la moción de avocación, no se podrá conocer otra moción sobre el mismo asunto en la misma sesión. Se incorpora el artículo 128 al Reglamento Sesiones y Comisiones municipales de la Municipalidad de Paraíso que dispone: (…) Artículo 128: De las reformas al presente reglamento. Toda reforma total o parcial a este Reglamento deberá ser presentada por medio de moción, que no podrá ser dispensada del trámite de comisión y deberá seguir el siguiente procedimiento: a) Toda reforma a este reglamento deberá ser aprobado por dos terceras partes de la totalidad de los miembros del Concejo Municipal. b) Una vez aprobada la reforma, se deberá publicar la reforma por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta.

Se extiende la presente a solicitud del interesado, al ser las catorce horas treinta minutos del 7 de julio del 2022, de conformidad con el artículo 53, inciso c) del Código Municipal Vigente. Es todo.

Ana Rosa Ramírez Bonilla, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—( IN2022665408).

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