Resolución

Fecha de publicación14 Septiembre 2022
Número de registroIN2022674229
EmisorBANCO NACIONAL DE COSTA RICA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

El Banco Nacional de Costa Rica comunica la parte resolutiva del acuerdo tomado por la Junta Directiva General, en la Sesión Nº 12.603, artículo 13º, celebrada el 16 de agosto del 2022, en el cual acordó 1) aprobar el Código de Conducta y Ética del Conglomerado Banco Nacional, para que, en lo sucesivo, se lea de conformidad con el siguiente texto:

CÓDIGO DE CONDUCTA Y ÉTICA

DEL CONGLOMERADO

BANCO NACIONAL

CAPÍTULO I

Razón de ser de nuestro Código

1.1. Introducción. El Conglomerado Financiero del Banco Nacional de Costa Rica (CFBNCR) líder del mercado financiero costarricense está comprometido tanto con el desarrollo sostenible, el bienestar integral del país, como de sus integrantes, mediante la aplicación de principios éticos y valores organizacionales.

El propósito de este Código es: Definir los principios y conductas que deben guiar la actitud y el comportamiento de los integrantes del CFBNCR.

1.2. Definiciones.

Conflicto de intereses: Situaciones en las que el juicio y conducta de un individuo, por un interés particular, compromete su objetividad e imparcialidad y pueden afectar su integridad.

Integrante del CFBNCR: Miembro de Junta Directiva y Comités, Auditorías Internas y resto del personal.

Parte interesada: Cualquier organización, grupo o individuo que pueda afectar o ser afectado por las actividades de una empresa u organización.

Difamación: Información negativa que se dice en público o se escribe de una persona en contra de su buen nombre, su fama y su honor, especialmente cuando es falsa.

1.3. Alcance: El presente Código es de aplicación obligatoria para los integrantes del Conglomerado, los proveedores que brindan servicios a nombre y por cuenta de las entidades del Conglomerado, y para quienes integren como miembros independientes los comités de apoyo a las Juntas Directivas y la Administración.

1.4. Marco Regulador: Este Código se rige por las normas establecidas en la legislación y regulaciones nacionales que enmarcan la relación con proveedores, entes reguladores y clientes, entre otros.

CAPÍTULO II

Los Pilares de Nuestra Ética

2.1. Valores Organizacionales de: Los valores o creencias fundamentales del BN son:

Colaboración

Escucha

Innovación

Negocios sostenibles y responsables

2.3. Principios Éticos del CFBNCR:

Respeto a la dignidad, igualdad y diversidad de las personas: Comportamiento respetuoso y equitativo, por cualquier medio (manifestaciones personales, redes sociales, afiliación a grupos) en el que tengan cabida actitudes discriminatorias y que violenten principios básicos de derechos humanos, libertades individuales por razón de género, origen étnico, credo, religión, edad, discapacidad, afinidad política, orientación sexual, nacionalidad, ciudadanía, estado civil o estatus socioeconómico, contra clientes, integrantes del Conglomerado, consultores, proveedores o visitantes en general.

Cumplimiento de la legalidad: Exige asumir sin excepciones, la obligación de observar la legislación y normativa aplicable a las actividades y operaciones de todas las entidades que conforman el CFBNCR.

Objetividad profesional: Decisiones y actuaciones rectas que no aceptan la influencia de terceros y evitar todo tipo de situaciones que conlleven a un conflicto de interés que pueda cuestionar la integridad de un integrante del CFBNCR.

Lealtad: Debemos ser leales a la Institución, así como respetar y vivir los valores y principios éticos enunciados en este Código, anteponiendo los objetivos del CFBNCR a los intereses personales o de terceros dentro del marco regulatorio correspondiente. En ese sentido se debe reportar hechos y situaciones que puedan llevar a un conflicto de interés que afecte a la Institución.

Rectitud: Debemos actuar con integridad y con transparencia tanto en el ejercicio de su cargo como en el uso de los recursos de la Institución que le son confiados. Por lo cual, contamos con cero tolerancia al fraude y prácticas de corrupción en cualquiera de sus denominaciones.

CAPÍTULO III

Nuestro Comportamiento

3.1. Conductas Inaceptables

No se permite ningún tipo de hostigamiento sexual o acoso laboral.

Ejecutar actividades delictivas o bien que se aparten del principio de legalidad administrativa, que puedan afectar la reputación, a sus clientes o el desempeño de su área o puesto, incluso fuera de la relación laboral o de servicio.

El consumo de sustancias ilícitas o bebidas alcohólicas dentro de las instalaciones del CFBNCR o en jornada laboral.

El consumo de tabaco dentro de las instalaciones del CFBNCR.

Cualquier actividad ajena a sus funciones que conlleve un abandono de trabajo.

Cualquier comportamiento que pueda afectar la imagen institucional a nivel interno o externo.

Los integrantes del CFBNCR no deberá ubicarse en el Nivel 3, de la Central de Información Crediticia de la SUGEF, la clasificación de una persona en este nivel lo obligará a presentar un plan de saneamiento financiero ante su superior inmediato, quien le dará seguimiento e informará al área de Desarrollo Humano y Salud Organizacional sobre el mismo y su ejecución.

Utilizar recursos del CFBNCR para fines ajenos al estricto desempeño de actividades laborales.

Brindar o acceder a información del CFBNCR, sus clientes o integrantes, sin la autorización o la justificación respectiva.

El acceso o distribución de pornografía utilizando recursos del CFBNCR.

La difusión mediante el uso de redes sociales u otro medio de comunicación, de cualquier material o información ajena a la actividad laboral que resulte ofensiva o discriminatoria para los integrantes del CFBNCR, proveedores, clientes o público en general (tales como: comentarios políticos, religiosos y personales, entre otros).

Realizar manifestaciones que puedan difamar a los integrantes, partes interesadas y competidores del CFBNCR.

No atender con diligencia las recomendaciones que provengan de entes competentes, tanto internos como externos.

Preparar, ordenar, negociar o inducir a terceros o efectuar en el mercado cualquier tipo de operación con base en información privilegiada.

Utilizar sin autorización materiales patentados, marcas registradas o protegidas por derechos de autor...

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