Reglamento de organización y funcionamiento de la auditoría interna de la Municipalidad de San José, de 13 de Febrero de 2018

EmisorMunicipalidad de San José

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE

Reglamento de Organización y Funcionamiento de la

Auditoría Interna de la Municipalidad de San José

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1.- Objetivo del Reglamento. El presente Reglamento regula la organización y el funcionamiento de la Auditoría Interna de la Municipalidad de San José, conforme las normas que rigen la labor de la Auditoría Interna en el Sector Público y las disposiciones políticas y directrices emitidas por la Contraloría General de la República según lo que establece el Artículo 23 de la Ley General de Control Interno, de forma tal que su actividad ayude a la organización a alcanzar sus objetivos en aras del cumplimiento del bloque de legalidad y la efectividad en el manejo de los fondos públicos involucrados.

Artículo 2.- Ámbito de aplicación del Reglamento. El presente Reglamento es de carácter general y obligatorio para todos los funcionarios que laboran en la Auditoría Interna.

Artículo 3.- Del presente Reglamento. Para la formulación, modificaciones, aprobación y promulgación del presente Reglamento se estará a lo dispuesto en los Lineamientos Sobre los Requisitos de los Cargos de Auditor y Subauditor Internos.

Artículo 4.- Para efectos del presente Reglamento se entenderá por:

Administración Activa: Uno de los dos componentes orgánicos del sistema de control interno. Desde el punto de vista funcional, es la función decisoria, ejecutiva, resolutoria, directiva u operativa de la Administración. Desde el punto de vista orgánico, el conjunto de entes y órganos de la función administrativa, que deciden y ejecutan, incluyendo al jerarca como última instancia.

Alcalde o Alcaldesa: Alcalde o Alcaldesa Municipal de San José -quien ocupe el cargo según lo previsto en el Artículo 169 de la Constitución Política y lo definido en la legislación ordinaria-.

Asesor Legal: Profesional en Derecho asignado a la asesoría de la Auditoría Interna y que ocupa la plaza de Profesional II en la misma.

Auditor: Profesional o equipo de profesionales que realiza auditorías conforme a la normativa técnica y jurídica aplicable.

Auditor Interno: La máxima autoridad de la Auditoría Interna de la Municipalidad de San José.

Concejo: El Concejo Municipal de San José.

Contraloría General de la República: La Contraloría General de la República de Costa Rica, órgano constitucional fundamental del Estado, auxiliar de la Asamblea Legislativa en el control superior de la Hacienda Pública y rector del sistema de fiscalización que contempla la Ley No. 7428 y sus reformas publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 210 del 04 de noviembre de 1994.

Denuncia: Es la noticia pública o privada que se pone en conocimiento de la Auditoría Interna, en forma escrita o por cualquier otro medio, y excepcionalmente de manera verbal, de un supuesto hecho irregular para que se investigue, con el propósito de evaluar las eventuales responsabilidades que correspondan sobre los presuntos responsables.

Denuncia Penal: Es un oficio mediante el cual se pone en conocimiento del Ministerio Público cualquier hecho presuntamente ilícito que hubiera sido conocido con motivo de un proceso de auditoría, denunciable conforme a los artículos 278 a 281 del Código Procesal Penal. Es un insumo para la determinación de responsabilidades, por lo que no les resulta aplicable el régimen de impugnación de los actos administrativos previsto en la Ley General de la Administración Pública.

Dirección de Auditoría: Conjunto de puestos de la Auditoría Interna de la Municipalidad de San José cuyo objetivo y funciones generales se encuentran descritos en el Manual de Organización y Funciones de la Auditoría Interna, conformada por el Auditor y Sub-auditor.

Informes de Auditoría: Documento mediante el cual la organización de auditoría comunica formalmente a la Administración sujeta a examen, los resultados de la auditoría efectuada, incluyendo las respectivas conclusiones y recomendaciones. R-064-2014.

Jerarca: Superior Jerárquico del órgano o del ente; ejerce la máxima autoridad dentro del órgano o ente, unipersonal o colegiado.

Municipalidad: La Municipalidad de San José- persona jurídica regulada en el numeral 2 del Código Municipal-.

Las Normas Generales de Auditoría Interna para el Sector Público: R-DC-064-2014 publicada en La Gaceta No. 184 del 25 de septiembre del 2014.

Las Normas para el ejercicio de la Auditoría Interna: R-DC-119-2009 publicada en La Gaceta No. 28 del 10 de febrero del 2010.

Las Normas de Control Interno para el Sector Público: N-2-2009-CO-DFOE aprobadas mediante R-CO-9-2009 publicada en La Gaceta No. 26 del 6 de febrero del 2009.

Ley Orgánica de la Contraloría General de la República: Ley Nº 7428 y sus reformas publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 210 del 04 de noviembre de 1994.

Ley General de Control Interno: Ley No. 8292 publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 169 de 04 de septiembre del 2002.

Lineamientos Sobre los Requisitos de los Cargos de Auditor y Subauditor Internos: Lineamientos Sobre los Requisitos de los Cargos de Auditor y Subauditor Internos las Condiciones para las Gestiones de Nombramiento, Suspensión y Destitución de dichos Cargos, y la Aprobación del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Auditorías Internas del Sector Público, L-1-2006-CO-DAGJ modificada por R-DC-119-2009.

Servicio de Advertencia: Es un servicio dirigido a los órganos sujetos a la competencia institucional de la Auditoría Interna, y consiste en señalar los posibles riesgos y eventuales consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de conocimiento de la Auditoría Interna.

Servicio de Asesoría: Es un servicio dirigido al jerarca y consiste en el suministro de criterios, observaciones y demás elementos de juicio para la toma de decisiones con respecto a los temas que son competencia de la Auditoría Interna. También puede ser brindado a otras instancias institucionales, si la Auditoría Interna lo considere pertinente, siempre y cuando no se incurra en coadministración.

Servicio de Autorización de Libros: Es una obligación asignada de manera específica a la Auditoría Interna, que consiste en el acto de otorgar la razón de apertura y cierre de los libros de contabilidad y de actas que deban llevarse en la institución respectiva. Así también, aquellos otros libros que a criterio de la Auditoría Interna deban cumplir con este requisito.

Titular subordinado: Funcionario de la Administración Activa y la Auditoría Interna, responsable de un proceso, con autoridad para ordenar y tomar decisiones.

CAPÍTULO II

De la Organización de la Auditoría Interna

SECCIÓN PRIMERA

De la Auditoría Interna

Artículo 5.- Marco normativo. La actividad de auditoría interna se regirá por lo que establece:

a. La Constitución Política.

b. La Ley Orgánica de la Contraloría General de la República -Ley No. 7428 y sus reformas publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 210 del 04 de noviembre de1994-.

c. La Ley General de Control Interno -Ley No. 8292 publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 169 de 04 de septiembre del 2002-.

d. El Código Municipal -Ley No. 7794 publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 94 del 18 de mayo de1998-.

e. La Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública -Ley No. 8422 y sus reformas publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 212 del 29 de octubre del 2004-.

f. El presente Reglamento.

g. Las disposiciones vigentes y las que en el futuro sean emitidas por la Contraloría General de la República en el ámbito de su competencia para las auditorías internas del Sector Público, tales como lineamientos, directrices, resoluciones, criterios y semejantes.

h. La visión, misión, políticas, directrices, procedimientos y demás instrucciones que dicte el Auditor Interno para orientar la gestión de la Auditoría interna y el bloque normativo propio de la Municipalidad de San José.

i. Las demás normas legales, reglamentarias y técnicas vinculantes y concordantes con la labor de la Auditoría Interna de acuerdo al tema del que se trate.

Artículo 6.- Concepto Funcional de Auditoría Interna. La Auditoría Interna es un componente orgánico de la Municipalidad, con dependencia orgánica del Concejo Municipal, constituye funcionalmente una actividad independiente, objetiva y asesora, que proporciona seguridad al ente u órgano, puesto que se crea para validar y mejorar sus operaciones. Contribuye a que se alcancen los objetivos institucionales, mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de la administración del riesgo, del control y de los procesos de dirección de la entidad. Dentro de la Municipalidad de San José, la Auditoría Interna proporciona a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del jerarca y la del resto, de la administración se ejecuta conforme al marco legal, técnico y a las prácticas sanas.

Artículo 7.- Definición de Sistema de Control Interno. Se entenderá por sistema de control interno la serie de acciones ejecutadas por la administración activa, diseñadas para proporcionar seguridad en la consecución de los siguientes objetivos:

a) Proteger y conservar el patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal.

b) Exigir confiabilidad y oportunidad de la información.

c) Garantizar eficiencia y eficacia de las operaciones.

d) Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico.

Artículo 8.- Responsabilidad por el Sistema de Control Interno. Serán responsabilidades del jerarca y de los titulares subordinados establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno institucional. Asimismo, será responsabilidad de la administración activa realizar las acciones necesarias para garantizar su efectivo funcionamiento.

Artículo 9.-Regulación de la Auditoría Interna. El Auditor Interno debe establecer e implementar políticas y procedimientos para:

a) Regular aspectos propios de la administración de la Auditoría y...

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