Reglamento para la realización de donaciones de bienes muebles en desuso y/o en mal estado de INS Servicios S. A, de 14 de Noviembre de 2017

EmisorInstituto Nacional de Seguros

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DE DONACIONES

DE BIENES MUEBLES EN DESUSO Y/0 EN MAL ESTADO

DE INS SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA

Considerando:

I.-El Instituto Nacional de Seguros, en escritura pública rendida a las quince horas con treinta minutos del once de agosto del 2008 (tomo 576, Asiento 95162, Folio 12-08-2008), acordó constituir la sociedad anónima INS Servicios S. A., al amparo del ordinal primero de la Ley Nº 12, Ley de creación del Instituto Nacional de Seguros, que fue reformada por la Ley Nº 8653, Ley Reguladora del Mercado de Seguros.

II.-Que mediante la escritura pública rendida a las quince horas del trece de octubre del 2016 (tomo 2016 Asiento 677408), se acordó cambiar la razón social de INS Servicios S. A. a INS Servicios S. A.

III.-INS Servicios S. A., en su condición de una sociedad anónima propiedad del Instituto Nacional de Seguros, goza de un patrimonio propio y de autonomía financiera en su gestión. De esta manera, INS Servicios S. A. se encuentra legalmente habilitada para disponer y traspasar sus activos, ya sea de forma onerosa o gratuita, de conformidad con la normativa aplicable.

IV.-Que, en cuanto a la donación de bienes muebles, INS Servicios S. A., deberá dictar la normativa interna en la cual se establezcan las normas generales que definan, al menos, bajo qué parámetros, se entenderá un bien en condición de ser donado, los posibles donatarios y similares. Todo lo anterior de conformidad con lo dictado por el artículo 163 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

V.-Que, de igual manera, la Ley General de Control Interno, Ley 8292, dispone como parte de los objetivos de un sistema de control interno en la Administración Pública, el deber de proteger y conservar el patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal.

VI.-Que, en razón de lo anterior, y como parte de las responsabilidades de INS Servicios S. A. por realizar un efectivo control de sus bienes y recursos, resulta necesario establecer lineamientos que regulen el procedimiento de las donaciones de bienes muebles en mal estado o desuso. Por tanto,

De conformidad con los considerandos que anteceden y con fundamento en las facultades conferidas en la Ley General de Administración Pública, Ley 6227, la Ley Nº 12, Ley de creación del Instituto Nacional de Seguros, que fue reformada por la Ley Nº 8653, Ley Reguladora del Mercado de Seguros, la Ley General de Control Interno, Ley 8292, la Ley de Contratación Administrativa, Ley 7494 y su Reglamento.

La Junta Directiva de INS Servicios S. A. Acuerda, por unanimidad:

  1. -Aprobar el: "Reglamento para realizar donaciones de bienes muebles en desuso o en mal estado de INS Servicios S. A".

CLAUSULADO

Cláusula primera.

Objetivo: El...

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