Reglamento de la Segunda Fase del Plan Piloto Programa Bicipublicartago V Etapa Programa Movilidad Sana y Sostenible, de 9 de Febrero de 2016
Emisor | Municipalidad de Cartago |
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
La Municipalidad de Cartago avisa que el Concejo Municipal de Cartago en su sesión del día 9 de febrero del 2016, en el Artículo VI° del Acta N°434-2016 aprobó por unanimidad y defintivamente aprobado el "REGLAMENTO DE LA SEGUNDA FASE DEL PLAN PILOTO PROGRAMA BICIPUBLICARTAGO. V ETAPA PROGRAMA MOVILIDAD SANA Y SOSTENIBLE.", el cual se publicó en los términos del artículo 43 del Codigo Municipal en el diario oficial La Gaceta N° 6 del 11 de enero del 2016, no habíendose recibido observaciones al mismo. El reglamento aprobado dice:
REGLAMENTO DE LA SEGUNDA FASE DEL PLAN PILOTO PROGRAMA
BICIPUBLICARTAGO. V ETAPA PROGRAMA MOVILIDAD SANA Y SOSTENIBLE
Artículo 1º-Objetivos. En esta segunda fase del Programa BicipubliCartago se pretende:
1-Establecer un sistema de préstamo de bicicletas que facilite un transporte eficiente, sostenible y sano a las personas que se trasladen y movilizan de un lugar a otro del cantón, utilizando este medio en la ciclovía o las vías urbanas aledañas.
2-Extender el servicio de BicipubliCartago a todas las personas ciudadanas, habitantes y visitantes de nuestro cantón, por medio del préstamo de bicicletas.
3-Fomentar el uso del transporte público y la movilidad urbana sostenible por medio de la promoción de iniciativas alternativas de movilidad, que optimicen el desplazamiento en tiempo real por la ciudad y mejoren la calidad de vida de todas las personas.
4- El presente Reglamento regulará los términos y condiciones que permitirán a las personas usuarias la afiliación y utilización del Programa BicipubliCartago.
Artículo 2º-Definiciones. En adelante se denominará:
Municipalidad: A la Municipalidad de Cartago.
Operador del Servicio: Representante que administra el servicio.
Usuario: A la persona usuaria afiliada y activa del Programa BicipubliCartago.
Programa: Al Programa BicipubliCartago.
Unidad: A la bicicleta.
Artículo 3°-Plazo de la Segunda Fase del Plan Piloto Programa BicipubliCartago.
Esta segunda fase del Plan Piloto, tendrá una duración de 1 año contado a partir de la entrada en vigencia de este reglamento.
Artículo 4º-Condiciones exigidas para ser usuario del servicio. Solo podrán utilizar el servicio las personas afiliadas al Programa. Para afiliarse al Programa y tener derecho al uso de las unidades, los usuarios deben cumplir con los siguientes requisitos:
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Ser mayor de edad.
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Saber conducir bicicleta.
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Poseer cédula y/o documento de identificación al día.
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Suscribir el documento de ACEPTACIÓN EXPRESA DE RIESGO, EXONERACIÓN DE
RESPONSABILIDAD Y RENUNCIA A DEMANDAS E INDEMNIZACIÓN, según lo
dispuesto en el artículo siguiente.
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Conocer las leyes de tránsito aplicables y comprometerse por escrito a cumplirlas.
Artículo 5º-Aceptación expresa de riesgo, exoneración de responsabilidad de la Municipalidad de Cartago y renuncia a acciones legales e indemnización.
Todo usuario afiliado al Programa BicipubliCartago durante esta segunda fase del Plan Piloto, deberá firmar un documento de ACEPTACIÓN EXPRESA DE RIESGO, EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD Y RENUNCIA A ACCIONES LEGALES E INDEMNIZACIÓN, en el que declara y reconoce los riesgos y peligros inherentes a la utilización de las unidades de este servicio; acepta los términos y condiciones de uso del mismo; se...
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