Reglamento de tesorería de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (RETI), de 12 de Marzo de 2015

EmisorAutoridad Reguladora de Los Servicios Públicos

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

La Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos con fundamento en las facultades conferidas en los 53 inciso e) y ñ) de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley 7593, por Acuerdo 09-10-2015, la sesión ordinaria 10- 2015, celebrada el 12 de marzo de 2015, dispone por unanimidad y con carácter de firme:

Considerando:

I.-Que en ausencia del señor Regulador General Dennis Meléndez Howell, con motivo de su participación en la XIX Reunión Anual de Reguladores de la Energía de ARIAE, en la V Reunión ARIAE-CEER y en la XV Asamblea General de ARIAE, organizadas por la Asociación Iberoamericana de Entidades Reguladoras de la Energía (ARIAE) y el Council of European Energy Regulators (CEER), del 10 al 13 de marzo de 2015, en la ciudad de Madrid, España, comparece en este acto la señora Grettel López Castro, en su condición de Reguladora General Adjunta, según el acuerdo que consta en el artículo segundo del acta de la sesión ordinaria número ciento sesenta y uno, celebrada por el Consejo de Gobierno el 20 de agosto del dos mil trece, publicado en La Gaceta 211 del 1 de noviembre del 2013, nombramiento que quedó ratificado por la Asamblea Legislativa en la sesión ordinaria número 69, celebrada el 19 de setiembre de 2013, de conformidad con lo estipulado en el artículo 47 de la Ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, nombramiento que a la fecha se encuentra vigente. De conformidad con el artículo 57 de la misma ley, la Reguladora General Adjunta sustituye al Regulador General durante sus ausencias temporales.

II.-Que la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep), es una institución autónoma con personalidad jurídica, patrimonio propio y presupuesto independiente, que goza de autonomía técnica y administrativa y se rige por la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Ley 7593), sus reglamentos, así como por las demás normas jurídicas complementarias.

III.-Que el artículo 59 párrafos 2 y 3 de la Ley General de la Administración Pública (Ley 6227) faculta a la Administración para que, por medio de reglamento autónomo, establezca la distribución interna de competencias, las relaciones entre los órganos y la creación de servicios sin que contenga la atribución de potestades de imperio.

IV.-Que los artículos 1 y 45 de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Ley 7593) facultan a ésta para establecer su organización interna, a fin de cumplir con sus funciones.

V.-Que el 20 de noviembre de 2014, se ratificó el acuerdo N° 06-66-2014 de la sesión ordinaria N°66-2014, la Junta Directiva mediante el cual se dispuso, someter a consulta de los funcionarios de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, la propuesta de "Reglamento de Tesorería de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (RETI)", las observaciones debían remitirse a la Dirección de Finanzas para su análisis y propuesta final.

VI.-Que el 1° de diciembre de 2014, mediante el oficio 840- SJD-2014, la Secretaría de Junta Directiva comunicó el acuerdo indicado en el punto anterior. (Folios 36 al 42)

VII.-Que el 10 de diciembre del 2014, mediante el oficio 1899-DF-2014, la Dirección de Finanzas solicitó al Departamento de Gestión Documental, la confección de un expediente OT, titulado: "Reglamento de Tesorería de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (RETI)". Ello dio origen al expediente OT-276-2014. (Folio 1)

VIII.-Que el 21 de enero de 2015, mediante el oficio 129-DF- 2015, la Dirección de Finanzas indicó que entre el 19 de diciembre de 2014 y el 16 de enero de 2015, transcurrió el plazo de consulta (10 días hábiles), periodo en el cual no se recibieron observaciones. (Correrá agregado a los autos)

IX.-Que el 23 de enero de 2015, mediante el oficio 029-SJD- 2015, la Secretaría de Junta Directiva remitió a la Dirección General de Asesoría Jurídica y Regulatoria para su análisis, la propuesta final del RETI. (Folio 51)

X.-Que el 9 de febrero de 2015 mediante el oficio 097-DGAJR-2015, la Dirección General de Asesoría Jurídica y Regulatoria rindió a la Junta Directiva su criterio sobre la propuesta de reglamento. (Folio 43 al 50).

XI.-Que el 19 de febrero de 2015, mediante oficio 93- DGO-2015, el Gerente General señaló que la implementación de la propuesta del nuevo "Reglamento de Tesorería de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos", no supone ningún incremento en los egresos presupuestarios, pues las labores derivadas de su aplicación se llevarán a cabo con el personal actual, por lo que es viable desde el punto de vista económico. Por tanto,

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, RESUELVE:

ACUERDO 09-10-2015

  1. Aprobar el Reglamento de Tesorería de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (RETI), el cual se transcribe a...

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