Resolución
Fecha de publicación | 11 Marzo 2024 |
Número de registro | IN2024846242 |
Emisor | MUNICIPALIDADES |
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
El Concejo Municipal de Distrito de Cóbano en sesión ordinaria 186-23, en acuerdo número 3 de la Sesión Ordinaria 186-23, celebrada el 21 de noviembre de 2023, aplica el artículo 45 del código municipal, con lo cual aprueba en todas sus partes y de forma definitiva adoptar el reglamento general del servicio de la oficina de la mujer del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano.
Considerando:
I.—Que el Estado de Costa Rica ha ratificado los instrumentos jurídicos internacionales que protegen derechos humanos de las mujeres: Convención para la Eliminación de Todas la Formas de Discriminación contra la Mujer, Ley 6968, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, Ley 7499, la Convención Americana de Derechos Humanos de 1969 y el Protocolo de San Salvador de 1988, todos instrumentos internacionales que constituyen la base para que Costa Rica promueva medidas necesarias para suprimir la discriminación y la violencia contra las mujeres en todas sus formas y manifestaciones.
II.—Que conforme a las potestades conferidas por el artículo 4 inciso (a, (b, (h y (i, artículo 5, artículo 13 incisos (c y (e, artículo 17 incisos (a y (h, y artículo 49, artículo 103 y artículo 124, todos del Código Municipal, Ley 7794, artículos 1, 3, 4 y 11 del Ley General de Concejos Municipales de Distrito, Ley 8173 y su reforma 9208. Acorde con el artículo 33, 48 y 71 de la Constitución Política.
III.—Que, dada la importancia de las funciones, y la amplitud de servicios diferentes en beneficio en el distrito de Cóbano, se considera oportuno y necesario contar con un reglamento que aclare los distintos tipos de servicios que la oficina brinda a las mujeres y que estandarice y describa los criterios y requisitos para la atención de los casos.
De conformidad con lo indicado el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano acuerda emitir el:
REGLAMENTO GENERAL DEL SERVICIO DE LA OFICINA
MUNICIPAL DE LA MUJER DEL CONCEJO MUNICIPAL
DEL DISTRITO DE CÓBANO
CAPÍTULO 1
Objetivo y alcance
Artículo 1º—Esta norma regula los servicios que presta la Oficina Municipal de la Mujer del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano para la defensa de los derechos de las mujeres, la prevención y eliminación de la violencia contra las mujeres, y la promoción de la igualdad y la equidad de género, así como todo lo relacionado a funciones de la o las funcionarias de esta oficina, presupuesto y rendición de cuentas de la misma.
Artículo 2º—Definiciones: para la correcta aplicación de la norma se tendrán en cuenta los siguientes conceptos:
1. OFIM: Oficina Municipal de la Mujer.
2. Concejo: Concejo Municipal del Distrito de Cóbano.
3. INAMU: Instituto Nacional de las Mujeres.
4. Persona funcionaria: Toda persona física que preste servicios materiales o intelectuales en nombre del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, que desarrolle o tenga a cargo el trabajo de promoción y defensa de los derechos de las mujeres.
5. Género: Es el conjunto de características sociales, culturales, políticas, psicológicas, jurídicas, económicas asignadas a las personas en forma diferenciada de acuerdo al sexo. El género se refiere a los conceptos sociales expresados mediante roles, comportamientos, actividades, atributos y espacios que cada sociedad asigna y considera apropiados para los hombres y las mujeres. Entendiendo que los diferentes roles, comportamientos y espacios pueden generar desigualdades de género.
6. Igualdad: Según el artículo 33 de la Constitución Política, toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria a la dignidad humana. Se deben garantizar las condiciones sociales, económicas, políticas y culturales que garanticen, tanto a las mujeres como a los hombres, tener un acceso igual a la educación, la salud, la vivienda, el empleo, la recreación, y demás Derechos Humanos.
7. Equidad: Es el reconocimiento de la diversidad sin que ésta signifique razón para la discriminación. Significa justicia y cooperación. Es aportar y dar a cada cual lo que le corresponde, reconociendo las condiciones de cada persona o grupo humano (sexo, género, clase, religión, edad). También significa igualdad de derechos, responsabilidades y oportunidades para mujeres y hombres.
8. Persona usuaria adulta: persona adulta que solicita servicios de atención directa a la Oficina Municipal de la Mujer del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano o que participe en alguno de los servicios que esta ofrece, tales como capacitaciones, talleres, charlas, etc.
9. Persona usuaria menor de edad: persona menor de edad que solicita o su persona tutora legal solicite servicios de atención directa a la Oficina Municipal de la Mujer del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano y que esté acompañada de su persona tutora o responsable legal.
10. Atención en crisis y asesoría individual: servicio especializado para las mujeres en el distrito de Cóbano, brindado contención, orientación, información y referencia, para favorecer la protección y el ejercicio de sus derechos, su seguridad personal y la de sus hijos e hijas en casos de violencia intrafamiliar.
11. Capacitación en diferentes temáticas: procesos de capacitación facilitados a las mujeres habitantes del distrito de Cóbano con el fin de promover su desarrollo, bienestar y su participación ciudadana, con perspectiva de género.
12. Charlas abiertas: servicio de charlas y/o talleres abiertos a la comunidad en general donde se abordan diferentes temáticas que tienen como fin promover la calidad de vida, seguridad, prevención de la violencia, promoción de los derechos humanos y la desconstrucción de roles y estereotipos de género.
13. Grupo de apoyo para mujeres: servicio que se brinda a las mujeres en general residentes del distrito de Cóbano mediante sesiones grupales de talleres, charlas y otras a fin de reflexionar sobre distintos temas relacionados al desarrollo, bienestar, promoción de los derechos de las mujeres, salud emocional, prevención de la violencia, y deconstrucción roles y estereotipos de género. Es un espacio de escucha activa, expresión y autocuidado.
14. Capacitación para hombres: sesiones grupales de talleres, charlas y otras para hombres adolescentes y adultos, a fin de reflexionar sobre la construcción y ejercicio de la masculinidad, promoción de masculinidades igualitarias para la no violencia, expresión de emociones, prevención de la violencia y la deconstrucción de roles y estereotipos de género.
15. Plan de trabajo: El Plan de Trabajo de la OFIM establece el conjunto de acciones a realizar de acuerdo a las necesidades de las mujeres del distrito.
16. Dictámenes: Acuerdos tomados por la OFIM para desarrollar sus políticas y satisfacer sus fines. Así como, recomendaciones que emita la OFIM a otras entidades.
CAPÍTULO II
Definición de la Oficina de la Mujer
del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano
Artículo 3º—La OFIM es un departamento del Concejo Municipal que brinda servicios gratuitos principalmente a las mujeres en el distrito de Cóbano. Tiene por objetivo promover planes, programas y acciones para el cumplimiento de las políticas públicas, la vigencia de los derechos y el pleno ejercicio de la ciudadanía de las mujeres.
Artículo 4º—La OFIM del Concejo Municipal de Cóbano, contará con personal municipal necesario para brindar los servicios esenciales que se regulan en este reglamento, y podrá articular con instituciones públicas y privadas para cumplir con sus objetivos y plan de trabajo.
Artículo 5º—Descripción profesional a cargo de la coordinación de la OFIM: De acuerdo al Manual descriptivo de puestos integral para el régimen municipal, fundamentado en el artículo 129 del Código Municipal. Este manual además de contemplar los requisitos mínimos para el puesto describe sus deberes y responsabilidades.
Artículo 6º—Funciones: La OFIM del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano tendrá las siguientes funciones:
• Brindar atención en caso de crisis, asesoría profesional y acompañamiento a las víctimas de violencia intrafamiliar, violencia doméstica, violencia sexual y violencia de género.
• Divulgar, informar y desarrollar actividades mediante diferentes medios para promover los derechos de las mujeres a nivel local en el ámbito comunitario e institucional.
• Fortalecer una política de espacios públicos seguros y no permisivos de la violencia contra las mujeres.
• Mantener un registro integral y actualizado sobre la realidad de las mujeres del distrito. Particularmente, que integre información relevante relacionada a la violencia doméstica, violencia sexual, violencia patrimonial, violencia institucional, acoso callejero, desempleo, necesidades de escolaridad, situación socioeconómica, entre otras, que se deben de tomar en cuenta a la hora de elaborar los objetivos y plan de trabajo.
• Definir un plan de trabajo anual que cumpla con los objetivos de seguridad, bienestar y desarrollo de las mujeres en el distrito.
• Promover acciones específicas con el fin de aumentar las capacidades de gestión y el cumplimiento de las políticas públicas que favorezcan a las mujeres.
• Plantear y dar seguimiento a acciones para promover la incorporación de la perspectiva de género en la gestión y quehacer municipal.
• Coordinación interinstitucional y comunitaria para la atención integral y la promoción de derechos de las mujeres.
• Promover acciones específicas tendientes a fortalecer el desarrollo e independencia económica de las mujeres.
• Coordinar y desarrollar acciones que promuevan una mejor calidad de vida de las mujeres.
• Desarrollar labores de capacitación y prevención de la violencia intrafamiliar a nivel institucional y comunitario.
• Realizar y actualizar diagnósticos locales con perspectiva de género.
Artículo 7º—El Concejo Municipal del Distrito de Cóbano y la Intendencia dispondrán para uso de la OFIM la infraestructura necesaria para brindar los servicios generales que ofrece a la población del distrito, como es...
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