Resolución MS-DM-JM-5290-2020

MS-DM-JM-5290-2020 MINISTERIO DE SALUD. - San José a las nueve horas diez minutos
del veintisiete de agosto de dos mil veinte.
Se dejan sin efecto las resoluciones ministeriales No. MS-DM-JM-3130-2020 de las
catorce horas del tres de junio del dos mil veinte, publicada en la Gaceta No. 130 del 03
de junio del 2020 y No. MS-DM-4547-2020 de las once horas del cuatro de junio de dos
mil veinte, publicada en La Gaceta No. 132 de fecha 05 de junio del 2020, mediante las
cuales se instruyó al Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), mediante la
Dirección Marítimo Portuaria y al Ministerio de Seguridad Pública, mediante el Servicio
Nacional de Guardacostas y demás apoyo respectivo, para que se inhibiera a las personas
a que ingresaran a los siguientes ríos del territorio nacional: Medio Queso, Frío, Sistema
de Canalización del Caribe Norte (Canales de Tortuguero), Colorado, Sarapiquí y San
Carlos, en la franja horaria que va de las 17:00 horas a las 5:00 horas durante los días lunes
a domingo, para disminuir el aumento en la propagación del COVID-19.
CONSIDERANDO:
I. Que mediante las resoluciones ministeriales No. MS-DM-JM-3130-2020 de las catorce
horas del tres de junio del dos mil veinte, publicada en la Gaceta No. 130 del 03 de junio
del 2020 y No. MS-DM-4547-2020 de las once horas del cuatro de junio de dos mil veinte,
publicada en La Gaceta No. 132 de fecha 05 de junio del 2020, se instruyó al Ministerio de
Obras Públicas y Transportes (MOPT), mediante la Dirección Marítimo Portuaria y al
Ministerio de Seguridad Pública, mediante el Servicio Nacional de Guardacostas y demás
apoyo respectivo, para que se inhibiera a las personas a que ingresaran a los siguientes
ríos del territorio nacional: Medio Queso, Frío, Sistema de Canalización del Caribe Norte
(Canales de Tortuguero), Colorado, Sarapiquí y San Carlos, en la franja horaria que va de
las 17:00 horas a las 5:00 horas durante los días lunes a domingo, para disminuir el
aumento en la propagación del COVID-19.
II.Que, en concordancia con las actualizaciones y cambios en las medidas sanitarias, y de
restricción vehicular, deben dejarse sin efecto las resoluciones ministeriales No. MS-DM-
JM-3130-2020 de las catorce horas del tres de junio del dos mil veinte, publicada en la
Gaceta No. 130 del 03 de junio del 2020 y No. MS-DM-4547-2020 de las once horas del
cuatro de junio de dos mil veinte, publicada en La Gaceta No. 132 de fecha 05 de junio del
2020, en la que se emitieron medidas de carácter sanitario con el objetivo de que se
inhibiera a las personas a que ingresaran a los siguientes ríos del territorio nacional:
Medio Queso, Frío, Sistema de Canalización del Caribe Norte (Canales de Tortuguero),
Colorado, Sarapiquí y San Carlos, en la franja horaria que va de las 17:00 horas a las 5:00
horas durante los días lunes a domingo, para disminuir el aumento en la propagación del
COVID-19, sin demerito de que posteriormente sean revisadas y actualizadas de
conformidad con el comportamiento epidemiológico del COVID-19 por parte de este
Ministerio.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR