Resolución. MUNICIPALIDAD DE ESPARZA

Fecha de publicación14 Marzo 2023
Número de registroIN2023725743
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ESPARZA

Concejo Municipal

El Concejo Municipal de Esparza, según lo establecido en los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, 3, 4 inciso a), 13 inciso d), y 43 del Código Municipal, en Acta N° 218-2023 de Sesión Ordinaria, efectuada el lunes veintitrés de enero del dos mil veintitrés, Artículo V, inciso 2, Acuerda: aprobar el Proyecto de 2° Reforma al Reglamento de Becas de la Municipalidad de Esparza y con la respectiva sanción y promulgación de la Alcaldía Municipal mediante Resolución N° 02-2023, por lo que una vez realizada su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, se conceden 10 días hábiles de ley, para que los interesados presenten observaciones.

PROYECTO DE 2° REFORMA DEL REGLAMENTO

DE BECAS DE LA MUNICIPALIDAD DE ESPARZA

Artículo 1º—Se reforma el inciso f) del artículo 16, del Reglamento de Becas de la Municipalidad de Esparza, para que se lea de la siguiente manera:

Artículo 16.—Requisitos para ser becario. Los niños, adolescentes, jóvenes y adultos que deseen optar por una beca de la Municipalidad de Esparza, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

(…) f) No ser Alcalde, vicealcalde, regidor, síndico o familiar de estos hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad. (declaración jurada facilitada junto con el formulario) (…)

Artículo 2º—Los demás artículos del Reglamento de Becas de la Municipalidad de Esparza quedan incólumes.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación definitiva en el Diario Oficial La Gaceta.

Margoth León Vásquez, Secretaria Concejo Municipal.— 1 vez.—( IN2023725743).

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