Resolución. MUNICIPALIDAD DE SAN

Fecha de publicación16 Mayo 2023
Número de registroIN2023758463
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN MATEO

REGLAMENTO INTERNO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

Artículo 1°—Objeto. El presente reglamento regulará lo relativo a los procedimientos que regirán en las diferentes etapas de la actividad de contratación pública que despliegue la Municipalidad de San Mateo, así como las responsabilidades de las dependencias y funcionarios que participan como parte de los procesos de compras públicas que se llevan a cabo a través de la Proveeduría Institucional, de conformidad con el Código Municipal y la Ley General de Contratación Pública (LGCP) y el Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (RLGCP).

Artículo 2°—Proveeduría Institucional. La Proveeduría Institucional tendrá plena competencia para conducir los procedimientos de contratación pública en el Sistema Digital Unificado y podrá adoptar los actos y requerir los informes que resulten necesarios para preparar la decisión final. De igual forma, podrá realizar contrataciones públicas coordinadas con otras instituciones o a través de la Dirección de Contratación Pública. Tendrá las siguientes funciones:

a) Emitir directrices que contengan los requisitos a cumplir en relación con los procedimientos de contratación.

b) Solicitar, coordinar y gestionar en conjunto con las Unidades Solicitantes el Programa de Adquisiciones, sus modificaciones y publicar la versión final.

c) Recomendar la clasificación del objeto, el tipo de procedimiento y el tipo de modalidad de contratación pública a utilizar.

d) Aprobar, modificar o rechazar las solicitudes de contratación.

e) Emitir los términos y condiciones del pliego de condiciones.

f) Distribuir los trámites, asignar el elaborador del pliego de condiciones, así como publicar la versión final del pliego de condiciones y sus eventuales modificaciones.

g) Estará facultado hasta antes de la apertura de las ofertas y únicamente en dos ocasiones para modificar de oficio el pliego de condiciones, conforme lo disponga el RLGCP.

h) Definir el inicio y cierre de recepción de ofertas, la fecha y hora de apertura de ofertas, así como el plazo para adjudicar (eventualmente la prórroga para adjudicar).

i) Indicar el monto o porcentajes de las garantías (en caso de que la Unidad Solicitante no lo exprese).

j) Definir la vigencia de las ofertas, autorización de ofertas conjuntas, mejora de precios, observaciones sobre reajustes de precios, los detalles sobre las especies fiscales del contrato y las ordenes de pedido.

k) Indicar las condiciones del contrato, vigencia, eventuales prórrogas, las multas y cláusula penal, así como las eventuales sanciones económicas en los recursos temerarios.

l) Conducir bajo los principios de contratación pública los diferentes procedimientos ordinarios, extraordinarios, especiales y procedimientos de excepción.

m) Definir en base a la estimación del contrato, los tipos y modalidades de contratación.

n) Conducir y tramitar los recursos de objeción, revocatoria o apelación.

o) Realizar la apertura de ofertas, solicitar las subsanaciones (cuando corresponda) y solicitar el estudio de ofertas.

p) Señalar si procede o no la declaratoria de confidencialidad de las ofertas.

q) Coordinar con la Unidades de Solicitantes y Tesorería, todos los aspectos de control que garanticen la correcta aplicación de las normas y principios de contratación.

r) Iniciar el proceso para devolución de las garantías de cumplimiento y colaterales.

s) Coordinar y recomendar con las Unidades Solicitantes, las acciones, normas, trámites en incumplimientos por parte de los contratistas, resoluciones, modificaciones contractuales y sanciones administrativas.

t) Elaborar la recomendación de acto final.

u) Verificar las condiciones de contrato.

v) Elaborar el contrato y su notificación respectiva.

w) Elaborar las solicitudes de refrendo.

x) Aprobar, rechazar o solicitar modificaciones en las ordenes de pedido, así como la inclusión o exclusión de productos en éstas.

y) Gestionar las facturas para el trámite de pago.

z) Previo a ejecutar la garantía de cumplimiento, dará audiencia por cinco días hábiles al contratista, contados a partir del día hábil siguiente al de su notificación.

aa) Gestionar los procesos de cobro de multas, resoluciones, rescisiones, ejecuciones de garantías, procesos sancionatorios, reclamos administrativos.

bb) Podrá imponer multas por recursos temerarios de acuerdo a la normativa vigente.

cc) Tramitar el procedimiento de devolución o ejecución de garantías (cuando corresponda).

dd) Incluir en el expediente electrónico en un plazo no mayor a 24 horas, todos los documentos relacionados con los procedimientos de contratación.

ee) Elevar a la Alcaldía un informe periódico de todos los procedimientos de contratación.

ff) Utilizar y actualizar el Manual de Procedimientos de la Proveeduría Institucional.

Artículo 3°—De la Unidad Solicitante. Corresponde a cualquier unidad de trabajo que designe el Alcalde para iniciar el procedimiento de contratación. Tendrá las siguientes funciones:

a) Dictar la decisión inicial, complementada con el estudio de mercado (utilizando precios de referencia utilizando el catálogo y banco de precios), garantizando expresamente la existencia del contenido presupuestario y aportar la certificación de contenido presupuestario (cuando corresponda).

b) Realizar el sistema de evaluación incluyendo criterios sustentables de hasta un veinticinco por ciento (25%), incluyendo hasta un diez por ciento (10%), a aquellas PYMES de la región que se pretende desarrollar y que empleen mayoritariamente a...

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