Resolución. MUNICIPALIDAD DE SANTA

Fecha de publicación08 Mayo 2023
Número de registroIN2023751789
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Santa Bárbara, en sesión extraordinaria N° 59-2023, celebrada el jueves 2 de marzo del 2023, mediante el acuerdo N° 7-2023, acordó por unanimidad y definitivamente aprobado en firme: Aprobar el Reglamento de Música en Vivo de la Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia.

REGLAMENTO DE MUSICA EN VIVO DE LA

MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA

Artículo 1°—Objetivo. El cantón de Santa Bárbara ha experimentado en los últimos años un crecimiento acelerado de las actividades comerciales, entre las que se destacan las de diversión en bares, restaurantes, salones de baile y otros, así como en actividades privadas, que se desarrollen dentro del cantón. Que dichas actividades no han sido reguladas por la Municipalidad, tanto es así, que en los lugares donde se realizan no están sujetos a control alguno, de horarios o límites de ruido, lo que ocasiona molestias a los vecinos. El presente reglamento busca ordenar las actuaciones relacionadas con las actividades de música en vivo. Siendo de acatamiento obligatorio para todas las actividades de este tipo que se realicen.

Artículo 2°—Definición. Denominase música en vivo de la puesta en escena de una función musical (con diversas composiciones sueltas) en directo. Esto quiere decir que el concierto requiere de la presencia de los músicos tocando sus instrumentos y ejecutando diversas canciones.

Artículo 3°—Del permiso municipal. Toda actividad social y comercial que se programe, dónde se pretenda desarrollar música en vivo, deberá contar con el correspondiente Permiso Municipal para su realización.

Artículo 4°—De las solicitudes. Las solicitudes para desarrollar música en vivo deberán presentarse ante la Unidad de Gestión Tributaria de la municipalidad y cumplir con los siguientes requisitos:

i) Solicitud formal escrita a máquina o manuscrita con letra legible.

j) Indicar nombre completo y número de cédula.

k) Lugar en que se realizará la actividad, fecha y hora

l) Estar al día en el pago de los impuestos y servicios municipales.

m) Estar al día en el pago de la patente comercial, en el caso de los patentados.

n) Firma del solicitante.

o) Cancelar la suma de diez mil colones.

p) Permiso Sanitario de Funcionamiento del Ministerio de Salud, que señale que cuenta con el permiso para efectuar música en vivo.

En el caso de música en vivo permanentes, la solicitud deberá hacerla el patentado y renovarla anualmente.

Cuando se trate de música en vivo...

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