Resolución No. Nº 000439

Fecha de publicación26 Abril 2018
Número de registroIN2018235594
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Nº 000439.—San José, a las siete horas y cincuenta minutos del día primero del mes de marzo del dos mil dieciocho.

Conoce este Despacho de gestión administrativa de pago en favor del señor Saúl Eduardo Arcia Tenorio, cédula N° 8-058-549, por concepto de traslado de menaje del local comercial, por cuanto arrendaba inmueble que el Estado expropió a Lidieth Caballero Angulo, cédula N° 6-128-098, para el proyecto de obra pública denominado: “Circunvalación Norte”.

Resultando:

1º—Que mediante Resolución Administrativa N° 2041 del 21 de noviembre del 2017, publicada en La Gaceta N° 1 del 08 de enero del 2018, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes determinó conforme las disposiciones de la Ley de Expropiaciones y sus reformas “declarar de utilidad pública” y adquirir el inmueble inscrito ante el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula Nº 188404-000, propiedad de Lidieth Caballero Angulo, cédula N° 6-128-098, un área total de terreno de 70,00 metros cuadrados, según plano catastrado N° 1-1999334-2017, cuya naturaleza es terreno para construir con una casa, situado en el distrito 03 Calle Blancos, cantón 08 Goicoechea de la provincia de San José. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto de obra pública denominado: “Circunvalación Norte”.

2º—Que la propiedad antes indicada, era arrendada por el señor Saúl Eduardo Arcia Tenorio, cédula N° 8-058-549, razón por la cual el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, inició un expediente administrativo, cuyo número es: 29.393.

3º—Que mediante Avalúo Administrativo N° 2018-016 del 06 de febrero del 2018, del Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se indica el monto a reconocer a favor del señor Saúl Eduardo Arcia Tenorio, cédula N° 8-058-549 por concepto de indemnización por traslado de menaje del local comercial, por cuanto arrendaba inmueble que el Estado expropió a Lidieth Caballero Angulo, para el proyecto de obra pública denominado: “Circunvalación Norte”.

4º—Que mediante escrito sin número de fecha 20 de febrero del 2018, el señor Saúl Eduardo Arcia Tenorio, cédula N° 8-058-549, aceptó el Avalúo Administrativo N° 2018-016 del 06 de febrero del 2018, señalado en el resultando anterior.

5º—Que en razón de tales hechos procede este Despacho a resolver.

Considerando:

I.—Hechos probados: se tienen como demostrados todos los resultandos de la presente...

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