Resolución No. N° 001021

Fecha de publicación01 Junio 2018
Número de registroIN2018247329
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

N° 001021.—Ministerio de Obras Públicas y Transportes.—San José, a las doce horas con cincuenta y un minutos del día veinticuatro del mes de mayo del dos mil dieciocho. Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Circunvalación Norte”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° DAJ-ABI-S-2017-50 del 07 de diciembre del 2017, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación, que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones N° 9286 del 11 de noviembre de 2014, publicada en La Gaceta N° 24 del 04 de febrero del 2015, y las reformas contenidas en la Ley Nº 9462 del 29 de junio del 2017, publicada en el Alcance Nº 175 del 18 de julio del 2017, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número 144841-000, cuya naturaleza es: solar con una casa, situado en el distrito 03 Calle Blancos, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José, con una medida de 117,00 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: al Norte con Calle Pública, al Sur con Calle Pública, al Este con Calle Pública, y al Oeste con Ramón Chavarría Barrientos.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área equivalente a 117,00 metros cuadrados, según plano catastrado N° 1-1932258-2016. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado: “Circunvalación Norte”.

3º—Constan en el expediente administrativo número SABI-2017-25 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a) Plano Catastrado N° 1-1932258-2016, mediante el cual establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área de terreno equivalente a 117,00 metros cuadrados.

b) Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—Es claro que la Administración, en la tramitación del asunto en cuestión, se basa fundamentalmente en el criterio técnico y profesional aportado por el Departamento de...

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