Resolución Nº 0637-E-2007 de Tribunal Supremo Electoral, 2007

Número de resolución0637-E-2007
Tipo de documentoMunicipales

TSE, 0637-E-2007

Nº 637-E-2007.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. S.J., a las ocho horas con veinticinco minutos del veinte de marzo del dos mil siete.

Denuncia presentada por la señora V.L.C., cédula n.º 1-657-733, contra el Partido Liberación Nacional al haber sido incluida, sin su consentimiento, como candidata a concejal propietaria en el distrito Tres Ríos, cantón La Unión, provincia Cartago, en las pasadas elecciones de alcaldes, síndicos y concejales, intendentes y concejales municipales de distrito.

RESULTANDO

1.- Por escrito presentado vía facsímil ante la Inspección Electoral el 3 de diciembre de 2006, la señora V.L.C. procedió a denunciar que, sin su conocimiento y consentimiento, fue incluida en el segundo lugar como candidata a concejal propietaria en el distrito Tres Ríos, cantón La Unión, por parte del partido Liberación Nacional (folio 1).

2.- Mediante auto de las 8:55 horas del 12 de diciembre de 2006 la Inspección Electoral inició la investigación administrativa preliminar y por oficio n.º I.E.-130-2007, presentado ante la Secretaría del Tribunal el 5 de marzo de 2007, remitió las diligencias al Superior al haberse resuelto, previamente, la gestión de la administrada por la vía del amparo electoral (folios 16-23, 36-37).

3.- En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

Redacta la Magistrada Z.C. , y;

CONSIDERANDO

Único.- En resolución 452-E-2007 de las 10:40 horas del 20 de febrero de 2007 este Tribunal atendió, por la vía del recurso de amparo electoral, los alegatos planteados por la señora V.L.C. referidos a su indebida postulación como candidata a concejal propietaria en el distrito Tres Ríos, cantón La Unión, en el pasado proceso eleccionario de alcaldes, síndicos y concejales, intendentes y concejales municipales de distrito (folios 17-23).

Bajo ese concepto, la denuncia planteada inicialmente ante la Inspección Electoral carece de todo interés por lo que procede el archivo del expediente.

POR TANTO

Se archivan las presentes diligencias. N..

Luis Antonio Sobrado González

Eugenia María Z.C. Zetty Bou Valverde

Exp. 085-Z-2007

Denuncia

V.L.C.

C/ Partido Liberación Nacional

JJGH/lpm

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