Resolución Nº 1236-E-2005 de Tribunal Supremo Electoral, 2005

Número de resolución1236-E-2005
Tipo de documentoElectorales

TSE, 1236-E-2005

Nº 1236-E-2005.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES . S.J., a las once horas con treinta minutos del dos de junio del dos mil cinco.

Recurso de amparo electoral interpuesto por los señores M.L.E.R., F.M.S. y L.M.T. contra el Tribunal de Elecciones Internas y el Comité Ejecutivo del Partido Unidad Social Cristiana.

RESULTANDO

1.- En escrito presentado ante la Secretaría de este Tribunal el 16 de mayo del 2005, los señores M.L.E.R. (cédula de identidad n.º 4-135-934), F.M.S. (cédula de identidad n.º 4-122-783) y L.M.T. (cédula de identidad n.º 4-177-177) interpusieron recurso de amparo electoral en contra del Tribunal de Elecciones Internas y el Comité Ejecutivo del Partido Unidad Social Cristiana. Alegan los recurrentes que el pasado mes de febrero el Partido Unidad Social Cristiana realizó el proceso de elecciones distritales con el propósito de nombrar delegados para que representen a sus comunidades en los demás procesos internos del Partido y con miras a la designación de candidatos a puestos de elección popular. Que en esas elecciones distritales, los recurrentes, junto con otros dos compañeros, se presentaron a participar en representación del distrito de San Pablo, cantón de Barva, provincia de Heredia. Que en dicho proceso, el grupo de los recurrentes fue favorecido con el voto masivo de los ciudadanos, el resultado fue de 196 votos contra únicamente 10 de la otra papeleta. Que el Tribunal de Elecciones Internas del Partido Unidad Social Cristiana, en respuesta a una apelación presentada por la papeleta contrincante, dictó la resolución n.º 23-2005 del 26 de abril del 2005, eliminándolos como candidatos al declarar nula la papeleta de la cual formaban parte. Que la anterior resolución fue confirmada por resolución sin número dictada por el Comité Ejecutivo del Partido Unidad Social Cristiana el 12 de mayo del 2005 en la sesión extraordinaria n.º 444. Que la nulidad declarada es un atropello a los más elementales principios democráticos ya que la apelación se presentó fuera de los plazos establecidos y en forma posterior a la elección, quitándoles la posibilidad y derecho de variar la fórmula y cambiar los integrantes que incumpliesen algún requisito. Que el Tribunal de Elecciones Internas anuló la papeleta porque supuestamente dos de los miembros no cumplían con la militancia, violentando los derechos de los recurrentes de elegir y ser electos, ya que éstos sí cumplían con todos los requisitos. Que, en el peor de los casos, si se anula la papeleta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR