Resolución Nº 23053 (DCA-3233) de Particular, 21-12-2022

Fecha21 Diciembre 2022
EmisorParticular
AUDIENCIA INICIAL
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las diez horas con cincuenta y nueve minutos del veintiuno de diciembre del
dos mil veintidós.
RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por CONSORCIO LOS MALINCHES en contra
del acto de adjudicación del CONCURSO PÚBLICO COOCIQUE-BC-001-2021- LOS
MALINCHES UPALA, promovida por COCIQUE RL, para la ejecución de obras de
mejoramiento de la infraestructura urbanística del proyecto denominado “Parque
Los Malinches, Upala, Alajuela” con recursos del Fondo de Subsidios para la
Vivienda (FOSUVI) – Bono Colectivo, acto recaído a favor del Consorcio América-
Luna Rojas
Primero: De conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley de Contratación
Administrativa, el numeral 190 del Reglamento a dicha ley, y por acuerdo del órgano
colegiado, se admite para su trámite el recurso de apelación interpuesto, y se confiere
AUDIENCIA INICIAL por el plazo improrrogable de CINCO DÍAS HÁBILES contados a
partir del día siguiente a la notificación del presente auto al ADJUDICATARIO y a la
ENTIDAD LICITANTE para que manifiesten por escrito lo que a bien tengan con respecto
a los alegatos formulados por CONSORCIO LOS MALINCHES en su escrito de
interposición de recurso, y del mismo modo para que aporten u ofrezcan las pruebas que
estimen oportunas y señalen medio para recibir notificaciones. De igual forma se le indica
a las partes, que en el evento de una declaratoria sin lugar del recurso de apelación
presentado, esta Contraloría General conserva la potestad de anulación oficiosa del acto
de adjudicación prevista en el artículo 28 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de
la República, por lo que los alegatos en contra del adjudicatario podrían eventualmente
conducir a la anulación de oficio del acto final en aquellos casos en que se trate de una
nulidad absoluta, evidente y manifiesta de dicho acto. Se le indica a las partes que con la
respuesta a la audiencia inicial deberán señalar medio para recibir notificaciones
–preferiblemente correo electrónico-, bajo el entendido que de no atender esta
prevención, de conformidad con los artículos 3, 8 y 14 del Reglamento de Notificaciones
de los Productos que emite la División de Contratación Administrativa de la Contraloría
General de la República, se procederá con la notificación automática de las actuaciones

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