Resolución Nº 2493 (DC-0096) de Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, 15-03-2011

Fecha15 Marzo 2011
EmisorJunta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional
AL CONTESTAR REFIÉRASE
AL Nº 2493
DC-0096
R-DC-28-2010. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Despacho
Contralor. San José, a las once horas del quince de marzo de dos mil once.-----------------------
Recurso de apelación presentado por la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio
Nacional representada por el Lic. Édgar Durán Delgado, en su carácter de Presidente de su
Junta Directiva, en contra del Oficio 00144 (DJ-0028-2011), de fecha 13 de enero de 2011, el
cual le fuera remitido por correo a esa entidad el día 20 de enero de 2011, que corresponde a la
respuesta ante consulta formulada mediante oficio Nro. JD-PRE-068-11-2010, de fecha 11 de
noviembre de 2010, relativa a la posibilidad para que la Junta de Pensiones y Jubilaciones del
Magisterio Nacional pueda dar ayudas económicas a sus afiliados que padecen enfermedades
incurables, conforme a un reglamento que al efecto dicte la Junta Directiva, tomando los
recursos del presupuesto del Fondo Especial Administrativo.-----------------------------------------
RESULTANDO
I.- Que la División Jurídica emitió el oficio Nro. 00144 (DJ-0028-2011) el 13 de enero de
2011, dando respuesta a la consulta formulada por el Presidente de la Junta Directiva de la
Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional (JUPEMA) relativa a la posibilidad
de dar ayudas económicas a sus afiliados que padecen enfermedades incurables, conforme a un
reglamento que al efecto dicte su Junta Directiva, tomando los recursos del presupuesto del
Fondo Especial Administrativo, concluyendo que: “… la JUPEMA, con fundamento en sus
atribuciones legales y justificando su proceder en principios y normas constitucionales y
legales, podría crear y desarrollar programas de prestaciones sociales tendientes a brindar
ayudas a sus afiliados de la tercera edad con enfermedades incurables, en el tanto éstas se
otorguen conforme a reglas de generalidad, universidad, (sic) proporcionalidad y
razonabilidad. / Lo anterior, en el tanto cuente con el fundamento legal y/o constitucional que

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