Resolución Nº 2514-E1-2009 de Tribunal Supremo Electoral, 2009

Número de resolución2514-E1-2009
Tipo de documentoElectorales

TSE, 2514-E1-2009

N.° 2514-E1-2009.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. S.J., a las dieciocho horas y veinte minutos del veintinueve de mayo de dos mil nueve.

Recurso de amparo electoral promovido por la señora E.C.B., cédula número 1-607-983, contra el Partido Acción Ciudadana.

RESULTANDO

1.- Mediante escrito presentado vía facsímil ante este Tribunal el 29 de mayo de 2009 la señora E.C.B. interpone recurso de amparo electoral contra elPartido Acción Ciudadana. Señala que el proceso de Convención interna está regulado por el Reglamento que, al efecto, emitió la Asamblea Nacional del Partido y las resoluciones del Tribunal Electoral Interno (en adelante TEI). Menciona que, dentro de las disposiciones regulatorias del proceso convencional, existen normas que permitirían que el próximo 31 de mayo de 2009, dadas las circunstancias, se cierren mesas, se inicien los escrutinios de estas mesas y se difundan sus resultados antes de las dieciséis horas, mientras que en otros lugares del país continúa desarrollándose la votación con normalidad. Puntualiza que, en anterior reunión sostenida con la Secretaría General del Partido algunos miembros del TEI y otras tendencias involucradas en el proceso, al planteárseles la preocupación por el tema e insistir en cómo la difusión de resultados podría producir una afectación de la libre y secreta voluntad del voto respecto de los votantes de otros lugares en los cuales la votación aún estaría abierta afectándose la libre decisión del sufragio, esas autoridades respondieron que tal proceder no podría prohibirse por cuanto el Reglamento de la Convención y alguna resolución del TEI así lo establecían expresamente. Argumenta que cualquier difusión anticipada de proyecciones, sea encuestas o sondeos, puede afectar el resultado final de manera directa en la voluntad libre del elector lo cual se agrava si la situación que se anticipa se refiere a resultados electorales que constan en actas u otros documentos oficiales. Indica que tal posibilidad amenaza de manera directa con afectar derechos fundamentales tanto de los electores como de quienes participan en el proceso con la pretensión de resultar electos y, además, contraviene principios y normas imperativas como las establecidas en el artículo 85 ter del Código Electoral. Subraya que los actos impugnados amenazan con lesionar los siguientes derechos fundamentales: el derecho a la legalidad, el derecho general a la justicia, el derecho a la...

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