Resolución Nº 2625-E-2001 de Tribunal Supremo Electoral, 2001

Número de resolución2625-E-2001
Tipo de documentoMunicipales

TSE, 2625-E-2001

N° 2625-E-2001.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECIONES. A las trece horas del cuatro de diciembre del dos mil uno.

Recurso de Amparo Electoral promovido por A.C.V., cédula de identidad n° 1-1063-0064, vecino de H., candidato a diputado por el Partido Unión General contra el Tribunal Supremo de Elecciones y el Ministerio de Justicia y Gracia.

RESULTANDO

1.- Mediante escrito presentado ante la Secretaría de este Tribunal, el día 26 de noviembre del 2001, el recurrente manifiesta que como candidato a Diputado por H. por el Partido Unión General se le impidió ingresar al Centro penitenciario de H.. Que hay una contradicción entre la directriz adoptada por el Tribunal Supremo de Elecciones, en la persona del Jefe Regional de Delegados de H., ya que éste le indicó, mediante nota fechada 14 de noviembre del 2001, que no era necesario la presencia de Delegados para ingresar a los Centros Penales, y la directriz adoptada por el Director General de Adaptación Social del Ministerio de Justicia y Gracia, quien le indicó que los representantes de partidos políticos que deseen ingresar a los Centros Penales, deben estar acompañados por un miembro del Tribunal Supremo de Elecciones, de conformidad con la circular n° 17-2001 del 4 de octubre del 2001. Que solicitó, por escrito, una explicación tanto al Tribunal Supremo de Elecciones como al Ministerio de Justicia y Gracia, sin obtener respuesta. Asimismo, solicitó una explicación a la Contraloría General de la República, de la que sí obtuvo respuesta.

2.- Que mediante circular 17-2001, del 4 de octubre del 2001, el Director General de Adaptación Social hace llegar a los Directores de Centros las instrucciones referentes al ingreso de representantes de los partidos políticos y las actividades que podrían desplegar.

3.- Que por acuerdo tomado en sesión n° 88-2001, celebrada el día 16 de octubre del 2001, Artículo Sexto, el Tribunal Supremo de Elecciones acordó recomendar la eliminación del punto n° 1 de la Circular n° 17-2001, referente a la participación del delegado de este organismo electoral. Asimismo, en cuanto al punto n° 2 de dicha circular, se sugirió que se permitiera la distribución del material impreso, como por ejemplo los programas de gobierno.

4.- Que mediante circular 25-2001, fechada 26 de noviembre del 2001, el Director General de Adaptación Social rectifica la anterior circular, de conformidad con la resolución del Tribunal Supremo de...

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